Toma en la Ruta 3: Zágari, la jueza que condena, tiene un loteo frente al usurpado

Impugnaron la sentencia contra ocupantes del loteo situado al sur de la ruta 3, en el acceso a Viedma, entre otros argumentos, porque Zágari es propietaria de un desarrollo urbanístico idéntico, situado enfrente, en la margen norte.

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La jueza Daniela Zágari, que condenó a tres personas por el delito de usurpación de un loteo situado a pocos metros de la intersección de las rutas 3 y ruta 1, forma parte de una sociedad familiar que posee un desarrollo urbanístico idéntico al usurpado, ubicado enfrente al que es objeto de la causa judicial y que es administrado y mensurado por el mismo agrimensor, que fue denunciante y testigo en el proceso juzgado por Zágari. La situación, según el abogado Diego Sacchetti, que defiende a algunas de las personas imputadas y condenadas por la magistrada, constituye uno de los argumentos para solicitar la impugnación de la sentencia ya que hace presumir la falta de imparcialidad de la jueza que pudo haber sentido empatía ante la descripción de los hechos y los perjuicios realizada por el propietario afectado por la ocupación.


Sacchetti explicó que sus defendidos aún no tienen sentencia firma ya que ayer la propia Zágari admitió el recurso de impugnación interpuesto que deberá ser resuelto en una instancia superior próximamente.


El letrado fundamentó el recurso en cuestiones técnicas como la violación del principio de legalidad, establecido por la Constitución y la Convención de Derechos Humanos que se refiere a que en la elaboración de los tipos penales se exige la utilización de términos que no permita que haya confusiones, debe saberse con precisión cuáles son los actos que están prohibidos. “No cualquier intromisión en un predio ajeno implica un delito de usurpación, no todo es delito, se exige una serie de condiciones”, sostuvo Sacchetti.


“Los dueños de los terrenos no han hecho ninguna precaución para que esto no ocurriera, cuestionamos el tipo penal, y la forma de colección de la prueba, toda la prueba de cargo no es de testigos presenciales sino en base a relatos policiales o funcionarios judiciales, no hay ninguna prevención, ni cumplimiento de las garantías”, agregó el abogado.


“También cuestionamos cómo justifican los jueces las decisiones, que no es sólo en base a las pruebas, sino a un análisis que sea razonable, que tenga un sentido único, que determine la intención de cometer el delito, y de eso no hay nada”, argumentó.


Sin embargo, el tercer punto y en el que más hincapié hizo Sacchetti es “en relación al derecho que tenemos todos de ser juzgados por un juez imparcial”. Relató que “a raíz de una consulta por un tema ajeno a esto, para la utilización de inmuebles para proyectos productivos, sobre las condiciones jurídicas de una tierra, nos enteramos que en la Municipalidad hay un proyecto de otro loteo, también a nombre de Battisti, Miguel Angel que es el agrimensor denunciante de la usurpación”.


“El expediente municipal Battisti, Miguel Angel sobre desarrollo urbanístico, es un emprendimiento de cuatro personas de apellido Zágari, que suponemos que son los cuatro hermanos, que es similar al desarrollado por Vichich -el que fue usurpado- que cuenta con el mismo agrimensor y se ubica justo enfrente al predio de la toma”, sostuvo Sacchetti.


“Cuando el señor Vichich relataba a la jueza el perjuicio que le había causado la toma de su desarrollo inmobiliario, no podría la jueza salir de la situación de empatía con el perjudicado, es razonable pensar que cuando estaba resolviendo la situación de Vichich estaba también pensando en su propia situación económica familiar”, destacó.


Por ello, acercaron la documentación a la Justicia, “que consta del último plano aprobado por el Municipio en su faz geométrica, que sería la primera etapa lógica del desarrollo inmobiliario que fue aprobado el 20 de abril de este año. El iniciador del expediente, el gerenciador que lo empezó es Battisti, que además fue el único testigo no polícia y no empleado del Poder Judicial que declaró”.


Insistió con que existen “muchos elementos que deberían haber hecho que la jueza se apartara. Independientemente de que uno pueda confiar como magistrado que va a dictar un fallo conforme a derecho, las personas acusadas pueden suponer que tiene algún interés, si se piensa que su propia inversión, de similares características, está a menos de 500 metros de la toma”, manifestó.


El loteo ocupado está en la margen sur de la Ruta 3 y el de Zágari en la margen norte. “Si hubiéramos sabido con anterioridad habríamos pedido el apartamiento de la jueza. Cuando uno cuestiona los argumentos es verosímil la existencia de prejuicios que podrían pasar por otro lado, y pensamos que puede ser un interés directo. Si aceptaba la afectación a los derechos económicos de Vichich cómo se puede pensar que no va a afectar a la propia Zágari”, manifestó el letrado.


La impugnación deberá ser resuelta en una audiencia con el Tribunal correspondiente, para que estos argumentos sintetizados en un escrito sean desarrollados frente a los jueces. En tanto, si correspondieran medidas disciplinarias contra la jueza se resuelven por el tribunal de superintendencia o el Consejo de la Magistratura.


“Nos sorprendió esta situación debido a que consultamos con entidades de derechos humanos con relevancia nacional e internacional, y a todos les parecía muy grave el no apartamiento de la jueza cuando tiene un loteo similar. Existe la obligación de que la sentencia sea razonada. Aunque todos los jueces pueden tener una casa y no excusarse por ello en una causa de usurpación, es cierto que no todos los jueces tienen un loteo exactamente igual, enfrente, a poca distancia de otro cuya situación deben resolver. Había un montón de jueces que podrían haber intervenido en este expediente sin ningún tipo de sospecha de imparcialidad”, concluyó.

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