Procesamiento y prisión preventiva de hombre que golpeó y amenazó a su ex pareja

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El hecho investigado consigna que el ahora procesado propinó golpes de puño a su ex-pareja y madre de sus hijos. En las circunstancias investigadas, el encartado  empujó a su mujer hacia el interior de su casa, allí  la condujo hasta una pared donde le propinó un golpe de puño sobre la boca. Luego, la tomó por la cabeza golpeándola en tres o cuatro ocasiones contra dicha pared. Posteriormente la amenazó manifestandole que la mataría si no subía a su automóvil.

A raíz de los golpes recibidos, la víctima  sufrió diversas lesiones. El hecho ocurrió el pasado 9 de Setiembre de 2011, a las 22,00 horas.

ANTECEDENTES

Se iniciaron estas actuaciones el 9 de septiembre del 2011 en dependencias de la Comisaría IIa. de esta localidad.  La víctima  dió cuenta de las circunstancias relatadas precedentemente. Asimismo  denunció que un mes antes aproximadamente, había incoado en contra del procesado actuaciones en orden a la Ley de Violencia Familiar (3040) en las cuales se ordenó excluír del hogar al causante con impedimento de acercamiento al domicilio donde se concretara la agresión que venimos tratando.

El Juzgado de Familia Nro. 7 de la Circunscripción a cargo de la Dra. María Marcela Pájaro remitió al Tribunal antecedentes lo que incluyen la   la exclusión del encartado del hogar  con prohibición de acercamiento al mismo, tanto a la mujer como a  sus hijos menores de edad, hasta 500 metros.

El encartado , en ocasión de prestar declaración indagatoria  expresó que el día en que ocurrieran los hechos,  unas horas antes había estado compartiendo un asado, donde tomó más de la cuenta hasta quedar en estado de embriaguéz, y así se presentó en la casa donde viven su ex pareja y sus hijos menores de edad.

Allí discutieron por la cuestión de haber sido excluído del hogar por decisión judicial, lo que le impediría ver a sus hijos con normalidad, perdiendo la conciencia de ahí en adelante ignorando qué pudo haber hecho en ese interín, hasta que fuera detenido por la policía para ser llevado a la comisaría del Centro Cívico donde estuvo detenido por espacio de dos días.

Al cabo de los mismos la Jueza de Familia dispuso que estuviera detenido tres días mas por haber incumplido la prohibición de acercamiento a su ex casa y grupo familiar.

La Sra Agente Fiscal a cargo de la UFAP Dra. Siedlecki, ante una nueva denuncia efectuada por la víctima  en fecha 9 de noviembre de 2011 por el delito de amenazas, solicitó la certificación de causas que el nombrado registra ante el Juzgado de Instrucción N° 4 y su inmediata detención por cometer reiteradamente hechos de violencia de género, por lo que resultaba inaplicable cualquier solución del conflicto aquí planteado en los términos de los criterios de oportunidad previstos en el art. 172 del rito como fue intentado oportunamente. La titular de la UFAP solicitó que se dispusiera sin más trámite la detención del imputado debido a que se tratan de hechos los investigados de violencia de género reiterados.

FUNDAMENTOS

Ha consignado el Juez Gaimaro Pozzi: "..Luego de haber merituado los elementos de convicción colectados, entiendo que los mismos son suficientes e idóneos para fomular un reproche provisional al encartado.

Considero que estamos en presencia de unos hechos a través de los cuales se ha podido establecer que el imputado  ha incurrido en acciones desplegadas directamente a menoscabar la integridad física de su ex pareja  y luego su libertad ambulatoria al conminarla de tal manera a que fuera con él a dar una vueltas en su auto para hablar de sus cuestiones personales pendientes, fundamentalmente, la exclusión del hogar de la que fuera objeto por vía judicial el causante como viene figurando en autos.

Tales extremos en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar en que los hechos sucedieron, han quedado demostrados cláramente en el curso de las presentes averiguaciones, ello en virtud de las constancias médicas extendidas respecto de la víctima quien en aquélla ocasión sufrió lesiones a nivel de la mucosa yugal interior y del cuero cabelludo producto de los traumatismos que le causara  en aquél encuentro de características violentas.

De ello una vecina ha sido ocasional testigo en una parte del episodio donde el ahora procesado le propinó un empujón y un golpe de puño haciendo entrar violentamente a la víctima a su casa donde mora con sus hijos menores, siendo relevante la reacción de uno de ellos quien deambulaba por la calle llorando mientras su abuela pedía ayuda a los vecinos por la situación que estaban atravesando en ese momento.

En un momento determinado de tales episodios,  efectivamente le impuso a la mujer, bajo amenazas verbales a  que lo acompañara en su automóvil Fiat Uno so pena de infringirle más castigo o males peores, llevándola así hasta las inmediaciones de la Alcaidía local sobre calle Beschtedt, donde detuvo el auto y ensayó un mea culpa y arrepentimiento por lo hecho momentos antes en medio de un episodio de llanto, permitiendo en todo caso que la mujer pudiera bajar del auto para volver a su casa y conocer la suerte corrida por su grupo familiar y vivienda que dejó abandonados por la acción del encartado.

Luego de ello, el imputado fue interceptado por la policía siendo detenido formalmente y conducido a la Comisaría del Centro Cívico donde permaneció alojado cinco días con conocimiento de la autoridad judicial competente, por caso, el Juzgado de Familia a cargo de la Dra Pájaro que le impuso exclusión del hogar y prohibición de acercamiento a su grupo familiar entre otras pautas, burlando absolutamente tales condiciones por lo que se hizo pasible de la sanción del caso.

En otro párrafo de su resolución el Magistrado se refirió a la conveniencia de que el prevenido continúe gozando de libertad ambulatoria.En este sentido  destacó que la tituar de la UFAP y miembro del ministerio público, titular de la acción penal, solicitó se dispusiera la privación de libertad del imputado con motivo de la reiteración de la conducta de violencia de género puesta de manifiesto en relación a su ex-mujer y madre de sus hijos. Cabe agregar, dijo,  que la reiteración de la conducta delictiva agresiva del encartado en relación a la denunciante, intentan torcer la volutand de la víctima y amedrentarla. Situación que evidentemente entorpece el curso de esta investigación y habilita al suscripto a disponer su prisión preventiva...."

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