La Sala B de la Cámara del Crimen condenó a hombre por estafa

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La audiencia contó además con la presencia de la Fiscal de Cámara Dra. Adriana Zaratiegui, el Dr. Ariel Alice patrocinante de la parte querellante, Sra. Jacquelina Myriam Allegáis y el Dr. Marcelo Chironi, Defensor Penal del imputado y el propio  Deglise.

En la audiencia, la Fiscal de Cámara ofreció al imputado y a su defensor, la realización de juicio abreviado calificando al hecho como "Estafa dos hechos concursados realmente, los que a su vez se concursan idealmente con el delito de uso de documento público falso" Arts. 172, 292 en función del 296, 54 y 55 del Código Penal; solicitando se condene por el mismo a la pena de dos años de prisión en suspenso, más dos años de cumplimiento de las pautas contenidas en el inciso 1ro. del Art. 27 bis del C.P.

Posteriormente el Dr. Cerdera puso en conocimiento del imputado sus derechos y explicó los alcances del acuerdo, como así también de su facultad de aceptar o no la propuesta formulada, ante lo cual Deglise reconoció la autoría del hecho, la calificación legal “prima facie”, coautor del delito de estafa (dos hechos concursados realmente), en concurso ideal con Uso de Documento Público Falso (art. 172, 292 en función del 296, 54 y 55 del C. Penal). 

Luego el Dr Cerdera preguntó a la querellante y su patrocinante si aceptan el acuerdo a lo que responden que sí, tras lo cual y previa deliberación del Tribunal, se hace saber que el acuerdo propuesto es aceptado y que la lectura del fallo definitivo se efectuará el día 21 de octubre del corriente año a las 12:30 horas.

Con respecto al hecho, se le imputa a Deglise,  en fecha que se ubica con anterioridad al 2 de abril de 2003, la confección de un documento público –elaborado en papel identificado como Folio de Actuación Extraprotocolar AA Nº 0229307, emanado supuestamente del Colegio de escribanos de la provincia de Entre Ríos-, por el cual falsamente  se habría consignado que Jaquelina Myriam Allegri, le otorgaba un poder especial al imputado, para que con su nombre realice todas las  gestiones de venta, firme y de recibos en su representación.

Dicho instrumento falso habría sido utilizado posteriormente en el Balneario Las grutas, en fecha 2 de abril de 2003, para generar el error que culminara con la venta de los lotes identificados como Nº 9 y 10 de la Manzana 738 “A”, ubicados en el Barrio Golfo San Matías a Roberto Scantamburlo, Ariela Sepúlveda Aplablaza y María Eugenia Altuna, el segundo y a Omar Domingo Andrés.

Con respecto a Cesar Julio Deglise, el mismo tiene domicilio en Paso de Los Libres, provincia de Corrientes y actualmente está detenido en la Unidad 17 de Candelarias en la Provincia de Misiones-, por lo cual ante la requisitoria del Tribunal fue traido especialmente a Viedma por una comisión policial.

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