El juicio abreviado permite llegar a una condena de hasta
10 años de prisión mediante un acuerdo entre el acusado, defensora o defensor,
la fiscalía y la víctima querellante. Es una herramienta que aporta celeridad y
economía al proceso penal, con una solución rápida y consensuada del conflicto.
Forma parte de las herramientas de la Reforma Procesal Penal, que este año
cumplirá 5 años de aplicación.
En Río Negro, la duración de un juicio abreviado, desde
la formulación de cargos hasta la sentencia, es de 90 días hábiles (130
corridos), según un informe de la Dirección de Oficinas Judiciales que
compendia el último año.
Si bien el procedimiento se acorta, se trata de un juicio
con las mismas consecuencias que los debates tradicionales. Una de las
diferencias es que el imputado debe reconocer su participación en el delito y
aceptar la pena que le proponga la Fiscalía.
En delitos cometidos en la intimidad, como los abusos
sexuales, en muchas ocasiones implica un paso reparador para la víctima esta
asunción por parte del victimario. Además, permite evitar el debate donde se
repasan los hechos y las pruebas. Una ventaja adicional es que la sentencia
queda firme, evitando las instancias de apelación.
El acuerdo no puede vulnerar cuestiones del proceso ni de
la pena. En este marco, debe respetar los montos mínimos y máximos de prisión
previstas en el Código Penal, que sanciona el Congreso Nacional.
Para llegar al acuerdo se hace una audiencia oral y
pública con todas las partes. El juez o jueza evalúa la propuesta, puede
aceptarla y dictar la condena o puede rechazarla.
Si el acuerdo es rechazado, el caso pasa a Juicio Oral y
Público con otro juez o jueza y otro representante de la Fiscalía. La nueva
magistratura tendrá prohibido usar como prueba lo que dijo el acusado en el
proceso anterior.
19 abril 2024
Judiciales