El tribunal presidido por el camarista Julio Sueldo, e integrado por los vocales Santiago Márquez Gauna y Florencia Caruso, resolvió rechazar las cuestiones preliminares planteadas en el inicio del juicio por el defensor público Juan Pablo Piombo, que asiste a los acusados Juan Carlos Aguirre y a su hijo Juan Manuel Aguirre Taboada.
El fiscal es Marcelo Gómez.
Los dos procesados fueron sometidos a juicio en 2008 ante la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti. En aquel momento resultaron absueltos.
En casación, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, con la anterior integración, anuló la sentencia absolutoria pero convalidó la prueba producida en ese debate y ordenó la realización de un nuevo juicio. El debate de 2008 fue grabado y los soportes digitales quedaron incorporados en la causa.
Hoy, después de analizadas las cuestiones preliminares y de la indagatoria de los imputados, comenzaron a reproducirse esas grabaciones. Los primeros testimonios que se observaron fueron los de las hermanas de la bioquímica Ana Zerdán, que residen en la provincia de Salta.
En la indagatoria los dos acusados manifestaron que son inocentes. Juan Manuel Aguirre Taboada se refirió a la relación que él mantenía con la bioquímica, que era la pareja de su padre. Dijo que la conocía desde 1990 y que Ana Zerdán siempre lo aconsejaba y lo impulsaba para que terminara sus estudios universitarios.
Aguirre Taboada también aportó detalles sobre lo que hizo el día previo al homicidio, que ocurrió el 18 de septiembre de 1999. Específicamente dijo que estuvo con quien entonces era su novia.
El debate se desarrollará durante toda la semana, en principio con la reproducción de las grabaciones. Las partes tendrán la posibilidad de solicitarle al tribunal la presencia de algunos testigos para que amplíen las dudas que vayan surgiendo.
La acusación es la siguiente:
Hecho imputado a Juan Carlos Aguirre:
Ocurrió en el laboratorio de la bioquímica Ana Zerdán ubicado en la calle San Martín Nº 930 - entre Brentana y Libertad - de Cipolletti, en horario no precisado pero ubicable entre las 21:30 y las 22 hs. del día 17 de setiembre de 1999. En tales circunstancias Juan Carlos Aguirre junto a su hijo Juan Manuel Aguirre habría ingresado al inmueble donde aquella se encontraba, entablándose una discusión motivada por exigencias económicas, planteadas presuntamente por ambos hombres. Al no lograr su objetivo, le habrían asestado a la profesional varios golpes de puño en el rostro, uno sobre la región malar izquierda que le produjo un desprendimiento del incisivo superior central, arrancándole también el aro que tenía en la oreja izquierda. Esta escena habría acontecido mientras la víctima se encontraba en el baño que da al ambiente del laboratorio propiamente dicho, cayendo la pieza dentaria y el aro detrás del inodoro de esa dependencia. Tras ello, para evitarle a la víctima pedir auxilio, la redujeron amordazándola con tiras de tela blanca perteneciente a una prenda tipo delantal, elemento que usaron también para vendarle los ojos anudándolo detrás de la oreja izquierda y la restante uniendo en flexión las dos muñecas con las piernas, amén de hacerle otras ligaduras en cuello y ambas muñecas con un cable eléctrico color negro, cuyos extremos terminaban en un enchufe de dos patas y un portalámparas de uso microscópico. Una vez inmovilizada y previo cubrirle la cabeza con un saco negro, la golpearon en la cabeza con la base de un tubo de oxígeno que había en el lugar, golpes estos que causaron la muerte de Ana Zerdán, por destrucción masiva del macizo facial y de los huesos del cráneo, con hundimiento de la zona orbital izquierda, nariz, hueso frontal, temporal, rotura de piel y salida de tejido cerebral. La sangre manada de sus heridas, se escurrió sobre la tapa de la mochila del inodoro del baño, quedando impresa sobre esa sustancia una huella dactilar de Juan Carlos Aguirre.
Hecho imputado a Juan Manuel Aguirre:
Ocurrió el 17 de setiembre de 1999 en el laboratorio ubicado en la calle San Martín nº 930 de Cipolletti, en horario no precisado pero ubicable en aproximación a la hora 22 de dicha jornada. En tales circunstancias Juan Manuel Aguirre junto a su padre Juan Carlos habrían ingresado a dicho inmueble donde se encontraba su propietaria, la bioquímica Ana Zerdán, pareja del último. Habiéndose entablado presumiblemente una discusión motivada por exigencias económicas interpuestas probablemente por ambos hombres, al no lograr los nombrados sus objetivos, estando la víctima en el baño, le habrían asestado a la profesional varios golpes de puño en el rostro, uno sobre la región malar izquierda que le produjo un desprendimiento del incisivo superior central, de ese lateral, arrancándole también el aro que tenía en la oreja izquierda a raíz de lo cual la pieza dentaria y el aro cayeron detrás del inodoro. Esta acción se desarrolló en el sector del baño y antebaño, tras la cual la redujeron para evitarle pedir auxilio, amordazándola con tiras de tela blanca pertenecientes a una prenda tipo delantal, elemento que usaron también para vendarle los ojos, anudándoselo detrás de la oreja izquierda y atarle las dos muñecas uniéndoselas en flexión con las piernas; le hicieron también otras ligaduras en cuello y ambas muñecas con un cable eléctrico color negro, cuyos extremos terminaban en un enchufe de dos patas y un portalámparas de uso microscópico. Una vez inmovilizada - previo cubrirle la cabeza con un saco negro - la golpearon el cabeza con la base de un tubo de oxígeno que había en el lugar. Parte de la sangre que manó de las heridas producidas, escurrió sobre la tapa de la mochila del inodoro que había quedado tirada cerca del cuerpo, quedando estampada sobre la superficie de dicho elemento una huella dactilar impresa sobre la sangre. Los golpes infringidos causaron la muerte de Ana Zerdán, por destrucción masiva del macizo facial y de los huesos del cráneo, con hundimiento de la zona orbital izquierda, nariz, hueso frontal, temporal, rotura de piel y salida de tejido cerebral. Alrededor de las 5:30 hs. Juan Carlos Aguirre volvió al lugar el crimen y aparentando haber encontrado entonces allí a su pareja sin vida, dio aviso a la policía". Hechos éstos oportunamente calificados como "Homicidio calificado por Alevosía".
El defensor Juan Pablo Piombo planteó que se están violando los principios constitucionales del plazo razonable, del non bis in idem (no dos veces por lo mismo) y el de contradicción, de inmediación y oralidad. Solicitó que se dicte la extinción de la acción penal. El tribunal rechazó todos los planteos con el argumento de que ya habían sido analizados en instancias anteriores al juicio.
El tribunal si aceptó la figura de Amicus Curiae (amigos del tribunal) que está ejerciendo la Asociación Pensamiento Penal.

13 enero 2026
Judiciales