Los camaristas Guillermo Baquero Lazcano, que tuvo el voto rector, y los vocales César Gutiérrez Elcarás y Julio Sueldo desestimaron que el arma de fuego utilizada hubiera sido apta para el disparo, tal como acusó la Fiscalía. “La realidad es que el arma de fuego pese a que tiene una aptitud relativa para producir disparos, al momento del robo pese a ser accionada varias veces, los disparos no se produjeron”, se indicó en el fallo.
También desacreditaron la versión de la Defensa, que alegó por un “robo en grado de tentativa”. Afirmaron que el imputado admitió el hecho durante el juicio, que fue detenido frente a la vereda del local y que tenía billetes de distinta denominación en sus bolsillos.
El juez Guillermo Baquero Lazcano dijo: “ha sido Juzgado, el imputado Elvio Javier Araujo quien al momento de declarar y en lo relevante ha confesado ser el autor del hecho que se le acusa. Entiendo que la versión brindada a modo de defensa por el acusado tiene por finalidad obtener un pronunciamiento menos gravoso por parte de este Tribunal y es comprensible ante la contundencia de la prueba que lo incrimina. Tengo en cuenta que la detención de Araujo fue en flagrancia pues no llegó a escapar ante la firme y arriesgada resistencia de la víctima, como así la intervención del cuñado y su hijo con los que finalmente lograron detenerlo. No así al consorte de causa quien escapó llevando consigo dinero de la caja registradora (conforme denuncia fs.21/22), el teléfono celular del denunciante, que en la huída arrojó en la calle cerca del local comercial del damnificado. En el acta de procedimiento policial (fs.01/02) se documentó la actuación de la prevención que se constituyó en el lugar del hecho pasando a hacerse cargo del detenido Araujo, como así a la labor de las primeras medidas de investigación que incluyeron la incautación del arma de fuego utilizada en el robo, dinero que tenía consigo el acusado Araujo. Por lo demás es elocuente el contenido del CD aportado a la causa, con la filmación de la cámara de seguridad que registró la secuencia de resistencia de la víctima e incluso cuando fue cortada por Araujo con un trozo de vidrio que quitara de la puerta de ingreso (véase además imágenes captadas de dicha filmación a fojas 78/80). Las consecuencias de este ataque atroz del imputado al sr. A.S (el comerciante) dejaron su impronta en el rostro.
El hecho por el que fue juzgado Araujo ocurrió el 27 de abril de 2015 en la vinoteca Baco New de Cipolletti y el propietario del comercio resultó con lesiones a raíz del forcejeo que mantuvo con el acusado.
El tribunal estuvo presidido por el camarista César Gutiérrez Elcarás e integrado por los vocales Guillermo Baquero Lazcano y Julio Sueldo. Intervino además el fiscal Marcelo Gómez y el defensor público Juan Pablo Piombo.
En la indagatoria el detenido le informó al tribunal que tuvo tres causas: una por robo en Buenos Aires donde cumplió una condena de 5 años y seis meses, otra por un segundo robo también con sentencia de 5 años y una tercera por lesiones, que se resolvió en un juicio abreviado y en la que resultó condenado a otros 5 años. Dijo que tiene 33 años y que ha pasado 12 años de su vida detenido.
Respecto del último hecho que se le imputa admitió la participación en el robo. En los días previos se había fugado de una comisaría de Cipolletti, donde estaba alojado por un pedido de captura.
Durante el debate declararon la víctima, su hijo, su esposa y su cuñado. También prestaron testimonio dos oficiales de la Policía de Río Negro.
La víctima contó que el ladrón ingresó a la vinoteca en horas de la mañana y que le exigió el dinero de la recaudación. Lo amenazó con un arma de fuego y lo inmovilizó. En un momento, contó, logró zafarse y hubo un forcejeo. En esas circunstancias el atacante le gatilló con el arma en dos oportunidades, aunque la bala no salió. Después el comerciante rompió el vidrio de un ventanal con el objetivo de que el estallido generara la atención de terceras personas que pudieran ayudarlo.
Dijo que el ladrón le cortó el rostro con los pedazos de vidrio que habían quedado en el piso y que, luego, tuvo que someterse a un extenso tratamiento para atenuar las cicatrices.
Contó, además, que el atacante estaba acompañado por un cómplice pero dijo que éste último huyó cuando observó que su compañero estaba accionando el arma de fuego.
En medio del forcejeo el ladrón salió a la vereda y allí fue perseguido por las personas que comenzaron a llegar a la vinoteca, alertados por la situación. Entre ellos intervino el cuñado y el hijo de la víctima, a quien el ladrón también le gatilló. Después llegaron oficiales de la Policía.
En los alegatos el fiscal pidió una condena de 11 años de prisión y el defensor solicitó 5 años por el delito de “tentativa de robo con arma impropia”. La sentencia se dictará el 5 de abril al mediodía.
El hecho que se le imputa a Araujo está consignado de la siguiente manera:
Ocurrido en Cipolletti el 27 de abril de 2015 a las 10:40 hs aproximadamente en oportunidad en que Elvio Javier Araujo junto con otro sujeto aún no identificado ingresó a la vinoteca Baco New, sita en Manuel Estrada y J.M París. En dichas circunstancias, previo a extraer de entre sus ropas el arma de fuego que portaba sin la debida autorización legal, intimidó a A.S, obligándolo a que se tirara al piso a la vez que le exigía que le diera la plata. Inmediatamente, el sujeto no identificado sustrajo el dinero que había en la caja registradora y observa y toma el cambio que S tenía guardado debajo del escritorio, por lo que Araujo comenzó a golpear al mencionado dándole patadas. Esto produjo que la víctima reaccionara y se trabara en lucha con ambos delincuentes, ante lo cual Araujo apuntó y disparó a S en dos oportunidades –una en el pecho y otra en la cabeza- sin que saliera el proyectil, para luego aprovechándose de que el damnificado había roto el vidrio de la puerta de ingreso, tomó restos de éste y producirle las lesiones informadas a fojas 25, entre ellas una herida cortante lineal en el pómulo izquierdo de 8 centímetros que interesa piel y otra en el mismo pómulo de 6 centímetros, mientras el otro sujeto huía del lugar con parte del dinero sustraído. Surge de autos que Araujo logró zafarse de S y escapar del local comercial, siendo reducido a pocos metros del lugar por el empleado de la vinoteca V.B – quien se encontraba en el depósito al momento del hecho y acudió en ayuda- y por el mismo S, hasta que se hizo presente la comisión policial, la que secuestró, en poder del encartado, un arma de fuego calibre 22, la que resulta apta para el disparo con dos cartuchos completos en su tambor y 169 pesos.
En marzo de este año, la Cámara Segunda en lo Criminal también condenó a Araujo a la pena de cinco años de prisión por encontrarlo autor del delito de “lesiones graves agravadas por tratarse de un caso de convivencia y violencia de género”.
El acusado admitió su responsabilidad mediante un juicio abreviado, que se hizo el 9 de marzo. Ese hecho quedó configurado de la siguiente manera:
“Ocurrido en Cipolletti, en fecha 23 de noviembre de 2014, a las 05:40 horas aproximadamente. En estas circunstancias de lugar y tiempo la víctima se encontraba durmiendo y de repente el imputado JAVIER A ELVIO ARAUJO (pareja), se le abalanzó, ella despertó, éste le tapó la boca con una mano y con la otra la agredió físicamente con una arma blanca, dándole puntazos por todo el cuerpo, poniendo en riesgo su vida sufriendo "herida punzo cortante en región ulterior cuello derecho, herida punzo cortante en región retro auricular (3), 2 cm., herida punzo cortante en 2 cm en región posterior de hemitórax izquierdo, dos heridas punzo cortantes de 2 cm. en flanco izquierdo maxilar, herida cortante en cara interior de antebrazo derecho de 10 cm., lesión punzo cortante perforante de colón, lesión penetrante en hígado, lesión punzo cortante en diafragma”, la conducta desplegada por el incuso provocó en la víctima lesiones de carácter graves.

13 enero 2026
Judiciales