La remisión se produce luego que el magistrado evaluó como finalizada la fase de recolección de pruebas, testimonios e indagatorias.
De esta forma, en los términos que estipula el artículo 38 del Código Procesal Penal, las actuaciones fueron enviadas al fiscal de la causa, quien tiene en principio seis días hábiles para solicitar la elevación a juicio u otras medidas que considere oportunas.
La decisión del fiscal deberá ser devuelta al Juez Igoldi, para su resolución final.

13 enero 2026
Judiciales