El joven murió producto de las heridas de arma blanca que recibió en el ataque. Este mediodía, el Juez Carlos Reussi realizó la lectura de la sentencia con la presencia del imputado, en la Sala de Audiencias ubicada en el edificio judicial en calle Laprida de la Capital Provincial.
Entre otras consideraciones los Jueces consignaron que “...no hay dudas que en el caso Lucas Gabriel Herrera actuó con dolo homicida, con la clara finalidad de quitarle la vida a Jonatan Otero a quien atacó sorpresivamente, sin riesgo para sí, empleando el cuchillo secuestrado en autos para asestarle una puñalada en una zona vital, huyendo luego rápidamente del lugar.”
Pusdieron de relieve que “dable resulta destacar que la herida cortopunzante causante de la muerte conforme el informe de autopsia ya referido, está ubicada en el hemotórax izquierdo sobre el octavo espacio intercostal, el cual ingresó en cavidad torácica comprometiendo corazón, logrando atravesarlo, lo que da por tierra la postura defensiva del incoado en cuanto a que no se había percatado de la gravedad de la situación. Claramente se trata de una lesión precisa, francamente direccionada, y concretamente definida por quienes impávidos presenciaron el ataque consumado por el agresor. Es de resaltar además que la víctima, a más de no haber desplegado acción ofensiva alguna en relación al imputado pues estaba en el baño orinando, se encontraba desarmada y al ser embestida con el arma blanca fue literalmente “arrinconada” por el acusado agrediéndola repetidamente con el cuchillo que empuñaba hasta provocarle la herida causante de la muerte.”
Afirmaron que “...descartada la legítima defensa o el exceso conforme las consideraciones efectuadas en la anterior cuestión, la calificación legal que corresponde al hecho acreditado es la prevista en el art. 79 del CP homicidio simple.”
En tal sentido señalaron que “el tipo penal en examen requiere para su configuración la verificación del dolo en la conducta homicida siendo labor del juzgador ahondar para su constatación en las características y circunstancias que rodearon el desarrollo de la conducta. Si bien el incoado negó su intención de acabar con la vida de Jonatan Otero, en el subexamine conforme la prueba valorada supra, varios son los aspectos que exteriorizan la referida intención homicida del autor: el imputado quiso la acción empleando un medio apto para quitar la vida del occiso utilizando un arma blanca de reconocido poder letal; ello aunado a la entidad y cantidad de heridas inferidas y la localización de las zonas vulneradas, la sorpresa en el ataque y la actitud posterior del imputado huyendo del lugar inmediatamente después, dejando a la víctima caída en el suelo del lugar.”
Al momento de imponer la pena, el Tribunal indicó que “...acreditada la existencia del hecho investigado en este juicio y la autoría adjudicada al imputado, corresponde expedirse sobre la sanción que necesariamente cabe disponer a su respecto. “
Fundamentaron al respecto que tomaron en cuenta “...para la determinación de la pena a imponer las circunstancias que rodearon el hecho que se le incrimina al acusado, el daño causado, las modalidades del acometimiento, los móviles y condiciones personales del imputado, quien ejecutó el hecho intempestivamente en poder de un arma de indiscutible poder vulnerante ante una víctima en desventaja y sumida a la indefensión, en plenitud de su juventud y capacidades, circunstancias todas que operan negativamente al momento de graduar la pena y que irreversiblemente nos alejan del mínimo legal.”
En relación al hecho, se le atribuyó a Herrera, haber sido quién en San Antonio Oeste el 14 de diciembre del año pasado, y según la secuencia elaborada en la investigación judicial, alrededor de las 5.30 se habría encontrado con la víctima en el baño del boliche, donde discutieron, y allí Herrera lo habría atacado con un cuchillo tipo cortapluma que logró ingresar al local a pesar de los supuestos controles, provocándole distintas heridas que le provocaron posteriormente la muerte ya que fue trasladado al nosocomio, donde llegó sin vida.

20 enero 2026
Judiciales