La defensa había planteado la arbitrariedad de la sentencia del Superior Tribunal provincial (entre otros agravios que no fueron habilitados al analizarse el recurso extraordinario federal, por los que no planteó la queja ante el máximo Tribunal Nacional), en relación con la valoración de ciertos aspectos vinculados con la correcta calificación de los hechos, en particular sobre la acreditación del dolo.
En este sentido, cabe recordar que el Superior Tribunal, en la Sentencia Nº 195/12 había encuadrado el hecho como homicidio calificado por abuso funcional, siendo un miembro integrante de las fuerzas policiales, mediante la utilización de un arma de fuego (arts. 80 inc. 9, 41 bis, 12, 9 y 20 del Código Penal), en coincidencia con la Cámara en lo Criminal, rechazando el recurso de casación presentado por la defensa, pero haciendo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la Fiscalía de Cámara, por lo que dejó sin efecto la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua resuelta por ese tribunal, y condenó a Mesa a prisión perpetua, en lugar de la pena de 17 años de prisión, más inhabilitación absoluta por ese tiempo, que se le había impuesto antes.
A partir de lo resuelto por la Corte, el expediente fue remitido al Superior Tribunal de Justicia y, luego de notificadas las partes, será próximamente devuelto al tribunal de origen.

21 enero 2026
Judiciales