Una joven kiosquera de
Catriel le reclamó a la dueña del comercio por haberla despedido meses después
de iniciar el vínculo. Con anterioridad, la trabajadora había atendido ese
local pero renunció porque le pagaban muy poco. La segunda vez que fue
convocada las condiciones empeoraron: ni siquiera la registraron y no la
indemnizaron. Ahora un fallo condenó a la propietaria.
La Cámara del Trabajo de
Cipolletti hizo lugar a la demanda de la kiosquera y condenó a la dueña a
pagarle una indemnización y a costear todos los gastos del juicio, incluido los
abogados y los honorarios de una contadora que hizo la pericia.
La demanda prosperó por
48.635,50 pesos más intereses e incluyó diferencias salariales, indemnización
por antigüedad, preaviso y otros rubros previstos en la ley de Contrato de
Trabajo.
La joven, en el segundo
periodo, alcanzó a atender el kiosco por el periodo de seis meses, aunque
reconoció que había malestar con la propietaria por las condiciones de trabajo
no registrado. En ese contexto fue despedida sin causa.
El año anterior a ese
segundo periodo, la mujer había estado al frente del local comercial por un
tiempo más extenso. En esa oportunidad el vínculo laboral sí había sido
registrado, aunque la trabajadora optó por renunciar no conforme con su
salario. Luego la volvieron a convocar a pesar de que las condiciones no mejoraron.
En el juicio que se hizo
ante la Cámara del Trabajo, el tribunal admitió el vínculo y las circunstancias
del despido y por ello condenó a la propietaria a indemnizar a su ex empleada.
La sentencia también dispone
la entrega del certificado de trabajo y la certificación de servicios y
remuneraciones correspondiente al período de relación no registrada y le impone
a la demandada pagar los gastos del juicio. Ello incluye los honorarios de sus
propios abogados, los de la trabajadora y de la contadora que hizo la pericia.

23 diciembre 2025
Judiciales