Ordenaron descomprimir celdas de aislamiento en el penal de Cipolletti

La situación de hacinamiento viola los reglamentos carcelarios y los tratados internacionales sobre tratamiento a detenidos.

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La Justicia rionegrina le ordenó al Servicio Penitenciario Provincial que se descomprima la situación de las celdas de aislamiento del penal de Cipolletti, luego que se detectará que en cada uno de esos calabozos de escasas dimensiones se alojaban simultáneamente a dos internos, cuando están diseñados solamente para albergar a una persona.

Voceros judiciales detallaron esta mañana que la jueza de Garantías de Cipolletti, Laura González Vitale, dictó resoluciones urgentes en el marco del hábeas corpus N° 163/16, en el cual se analizan la condiciones de detención y funcionamiento del Establecimiento de Ejecución Penal N° 5 dependiente del Servicio Penitenciario Provincial.

La jueza habilitó la feria judicial y realizó una visita a la unidad de detención junto a otros funcionarios judiciales para verificar las condiciones de hacinamiento denunciadas en el sector de celdas de aislamiento. Tras esa recorrida, de la que participaron la Fiscal Adjunta Ivana Vassellati y el Defensor Piombo, el 18 de enero la jueza dirigió una audiencia con los fiscales Guillermo Merlo y Vasselatti, el Defensor Público antes mencionado y el Secretario de Seguridad y Justicia de la provincia, Dr. Marcelo Esteves. 

En la visita al centro penitenciario, la jueza constató la presencia de nueve personas detenidas en el sector de aislamiento, a razón de dos personas por celda en casi todos los casos. Se trata de celdas cuya superficie no supera los 3 metros cuadrados y que están reglamentariamente destinadas al alojamiento individual de personas de manera provisoria, no permanente.

La magistrada además resolvió otorgar un plazo de 48 horas al Director del Establecimiento Penal N° 5 para la reubicación de los detenidos que se encontraban hacinados en esas celdas de reflexión o aislamiento, ordenándole que asegure el alojamiento de no más de un interno por plaza. Estableció también un plazo de 5 días para que no permanezca ningún interno alojado de manera continua por más de 24 horas en esas celdas, por cuanto el alojamiento permanente en esas condiciones implicaría una infracción a normativa internacional, concretamente a las Reglas Mínimas de Tratamiento de Reclusos (Reglas de Tokio y Reglas Mandela -ONU-) que Argentina está obligada a cumplir por forma parte del Sistema Interamericano de los Derechos Humanos.

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