Jorge Crespo avanza a paso firme en la recuperación del rol del Ministerio Público Fiscal y en esa línea a pocos días de asumir dictó la Resolución 03/18, a través de la cuál restituyó sus plenas funciones al Fiscal General y a la Defensora General que les habían sido condicionadas a través de una Resolución previa, suscripta en junio de 2015 por la ex procuradora ahora jubilada Silvia Baquero Lazcano.
De esta forma Crespo barrió de un plumazo los resabios de Baquero Lazcano que limitaban la autonomía de las cabezas de los Ministerios Públicos procurando que cualquier Instrucción General de la Fiscalía o la Defensa fuera, previo a su firma, puesta a consideración de la entonces Procuradora.
Ahora, en uno de los primeras determinaciones que adopta el Procurador General, re encausa el funcionamiento del Ministerio Público en los términos que plantea la Ley 4199 que delimita, en sus artículos 15 y 21, las funciones específicas de cada uno de los cargos.
Además desde el inicio de la gestión Crespo tanto el Fiscal General como la Defensora ocupan las oficinas contiguas a la del nuevo Procurador General, Jorge Crespo. quien cumple así con aquello que planteara desde antes de ser elegido, relacionado con encabezar una Procuración chica sustentada fuertemente en la gestión de los Ministerio Públicos Fiscales y de la Defensa. Ambos bajo su conducción, pero sin que esto implique interferencia alguna en el desenvolvimiento del servicio.
Desde el Ministerio Público se destacó que tanto el Fiscal como la Defensora General tienen por Ley la potestad de impartir Instrucciones Generales, es decir reglas comunes que deben aplicarse en casos que sean similares. La ley les otorga además, entre otras funciones, la de superintendencia relacionada con la condiciones laborales de sus agentes, la ejecución de capacitación, nexo entre el Procurador y los fiscales o defensores y representar a éstos ante el Superior Tribunal de Justicia en aquellas causas que lleguen a dicho estamento.

8 enero 2026
Judiciales