Solicitan 12 años de prisión para acusado de homicidio en el hipódromo viedmense

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En la audiencia de alegatos desarrollada durante la mañana de hoy, Trejo realizó una exhaustiva descripción del marco probatorio sobre el que se sostiene tal pedido y confirmó “que no existieron ni atenuantes, ni exceso de legítima defensa”.

El representante del Ministerio Público Fiscal valoró como fundamentales la propia declaración del imputado que reconoció haber utilizado el arma homicida, entregada por él mismo en la comisaría al momento de informar lo sucedido.

Además de diversos informes que destacan la aptitud del arma, la coincidencia con la bala y la dirección de ingreso de la misma en el cuerpo de la víctima (“de forma perpendicular y de arriba hacia abajo, por lo que no estamos en presencia de un disparo accidental”), Trejo hizo énfasis en la declaración del testigo presencial y en la inspección ocular que las partes y el tribunal realizaron en el lugar de los hechos el 1 de Septiembre pasado.

Acerca del testigo, destacó que éste “no percibió el movimiento para sacar un arma que Luna le endilgó a Sosa, pero sí vio claramente cómo el imputado percutió el arma en tres oportunidades, la tercera de ellas en dirección al tórax de la víctima”.

Trejo desestima la pretensión defensista de la legítima defensa ya que por situaciones similares vividas entre ambos, “quien más enojado debía estar era Luna, por lo cual no puede inferirse que cuando Sosa se acercaba a él lo hiciera para vengarse”. Además dijo que el acta de procedimiento presenta “una clara descripción de cómo se encontraba el cuerpo de Sosa y sostiene que efectivamente éste tenía un cuchillo, pero que estaba en la cintura”.

En dirección a Sosa, Luna recorrió una “considerable distancia durante la cual pudo haber realizado cualquier otro tipo de maniobra con el arma o haber huido por diversas vías al presenciar que se acercaba para pegarle, porque si bien Sosa dijo que iba “a arreglar cuentas, nunca exhibió arma alguna”.

Finalmente sostiene Trejo que “el disparo fue con conocimiento y voluntad de hacerlo, directamente en la zona vital del cuerpo a una distancia de entre 5 y 6metros”, situación toda confirmada por el testigo presencial del hecho quien también estuvo presente en la inspección ocular.

La defensa, ejercida por Armando Salazar alegó que existió legítima defensa y que Luna no tuvo tiempo para discernir toda vez que repelió una agresión. A su vez, pidió al tribunal que, si consideraran que existió homicidio, este fue por un exceso en la legítima defensa. Luna habló antes de retirarse para pedir disculpas a la familia de la víctima.

Será ahora la Sala A de la Cámara Criminal de la Primera Circunscripción compuesta por los Jueces Carlos Reussi, Daniela Zágari y Marcelo Chironi quien dicte la sentencia que se conocerá el próximo 27 de Septiembre a las 12.3o horas.

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