"Se desnudó la verdadera posición ideológica de Liliana Piccini sobre la clase trabajadora"

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Dijeron desde el gremio que "sus palabras y sus actos denotan una profunda falta de consideración hacia los trabajadores judiciales, dado que ni siquiera asistió a la primera reunión paritaria.  Desde su aspiración cuasi monárquica y escudada en la impunidad propia de la corporación judicial, surgida de los privilegios reales que ostentan ante la sociedad entera (un salario majestuoso e intangible, viáticos, chofer y auto oficial y como si fuera poco sabiendo que la espera una jubilación del 122% de sus haberes), se siente facultada para responderle a los trabajadores mediante una interpretación parcializada e  ignorando derechos constitucionales de la clase obrera".

 En su personal marco de comprensión "podemos deducir que siente atacado su espacio de poder, ya que los trabajadores judiciales tenemos la firme convicción de redistribuir el ingreso, consolidar la carrera judicial y tener una ley de convenio colectivo para consolidar y tener nuevos derechos". 

"A 30 años de democracia necesitamos jueces comprometidos con la sociedad y los trabajadores. Es por eso que debemos dar nuevamente el debate sobre su elección y remoción mediante la reforma del Consejo de la Magistratura", remarcaron.

Agregaron que "desde nuestro más profundo convencimiento, nos sentimos en la obligación de recordar el articulo 14 bis de la Constitución para que quienes deben impartir justicia, no avasallen los derechos de los trabajadores y de la sociedad toda:

 Artículo 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

"Los trabajadores no vamos a aceptar presiones, ni persecuciones,  no fuimos, no somos, ni seremos  esclavos ni vasallos; tenemos dignidad y orgullo de pertenecer a la clase obrera. Los judiciales hoy estamos de pie, porque nuestra patronal  no ha respondido a nuestros reclamos y no se quiere sentar a negociar, justificando su actitud en nuestras medidas de acción directa.  Estamos dispuestos a seguir luchando por nuestros derechos", culminaron.

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