Viedma: Ordenan a un banco indemnizar a una vecina víctima de estafa telefónica

Deberán devolverle los préstamos tomados sin su consentimiento y pagarle más de tres millones de pesos por daños

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Una mujer de Viedma fue víctima de una estafa telefónica que derivó en la toma de préstamos a su nombre sin su conocimiento, y la Justicia civil ordenó al Banco Patagonia SA devolver las sumas debitadas, además de pagar una indemnización por daño moral y daño punitivo. El monto total supera los tres millones de pesos, a lo que se suman los intereses.

La mujer fue contactada por teléfono con la promesa de un premio por el supuesto aniversario de la cadena de supermercados Coto, que incluía dinero en efectivo y órdenes de compra en La Anónima. La llamaron e indicaron que, para acceder al beneficio, debía acudir a un cajero automático y seguir una serie de pasos.

Mientras mantenía la llamada activa, la mujer ingresó su tarjeta de débito, digitó su clave personal y realizó una secuencia de operaciones en el cajero: accedió a “otras operaciones”, seleccionó “gestión de claves”, luego “Homebanking banca móvil” y finalmente “obtener clave”. Introdujo un código dictado por teléfono y, tras generar un ticket, comunicó los datos del mismo. La llamada se interrumpió de inmediato después de esta operación.

Al notar irregularidades, la mujer se dirigió al supermercado La Anónima, donde el personal le confirmó que no existía ninguna promoción de ese tipo. Inmediatamente dio de baja su tarjeta y se presentó en la sucursal del banco para informar lo ocurrido. Allí le notificaron que se habían gestionado dos préstamos a su nombre y que uno de ellos ya había sido acreditado y transferido a otra cuenta.

Sin utilizar Homebanking y sin recibir avisos por correo electrónico, la mujer desconocía por completo estas operaciones. Ante la falta de respuestas del banco, presentó una denuncia penal en la Fiscalía N.° 2 de Viedma y solicitó la reversión de los préstamos. La entidad bancaria informó que derivaría el caso a su área de investigación de fraudes, aunque no entregó documentación detallada sobre las operaciones ni sus condiciones.

La causa avanzó hacia una instancia de mediación a través de la Comisión de Información, Mediación y Asesoramiento al Consumidor (CIMARC), pero no se logró un acuerdo. Luego, al constatarse el débito de la primera cuota de uno de los préstamos, la mujer solicitó una medida cautelar que fue concedida por la Justicia.

Durante el proceso judicial, se incorporaron pericias informáticas y contables, además de documentación proveniente de la causa penal en trámite, que incluyó la intervención de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL). Con base en esas pruebas, el juez civil resolvió condenar al banco a devolver las sumas debitadas por los préstamos no consentidos, y ordenó el pago de 1.322.000 pesos por daño moral y 1.500.000 pesos en concepto de daño punitivo, con sus respectivos intereses.

El fallo representa un antecedente relevante sobre la responsabilidad de las entidades bancarias ante estafas cometidas a través de maniobras telefónicas que vulneran los sistemas de seguridad y protección de datos personales.

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