“El imputado confesó haber cometido el homicidio, y ni siquiera su defensa pidió la absolución. Aun así, el jurado no logró condenarlo. Eso no puede quedar impune. Estamos ante un fallo de una gravedad institucional enorme”, afirmó el abogado Santiago Guenumil, representante de la familia de Beimar Llanos Condorí, asesinado en agosto de 2023 en General Conesa.
Guenumil, quien actúa como querellante en la causa, explicó que el veredicto absolutorio dictado en diciembre de 2024 se produjo pese a que el acusado, Eduardo David Morello, reconoció el hecho durante el juicio. “El mismo imputado dijo ante el tribunal ‘yo lo maté’. La defensa construyó una estrategia basada en un supuesto exceso en la legítima defensa, pero nunca negó el crimen. Ni la defensa, ni nosotros como querella, ni la Fiscalía pidieron la absolución. Aun así, fue absuelto”, sostuvo.
Según relató, el resultado fue consecuencia directa de errores en el desarrollo del juicio por jurado. “El jurado no fue instruido correctamente. El juez no cumplió con su obligación de explicar las opciones disponibles, ni las consecuencias legales de cada una. No hubo orientación clara para tomar una decisión fundada, y eso derivó en que el jurado terminara estancado”, explicó. En esas condiciones, agregó, se optó por declarar la absolución por imposibilidad de alcanzar un veredicto.
La querella, junto con la Fiscalía, solicitó la nulidad del juicio y la realización de uno nuevo. La petición se apoya en irregularidades durante el proceso, entre ellas, la ausencia de una audiencia privada previa al cierre del juicio y la omisión de aclaraciones al jurado cuando manifestó no poder resolver. “El Estado debe hacerse responsable. No puede quedar firme una sentencia que deja sin justicia a una familia, más aún cuando hubo una confesión y pruebas contundentes que el jurado escuchó”, dijo Guenumil.
El abogado también reconoció los límites que impone el sistema de juicio por jurados. “Sabemos que los fallos absolutorios de los jurados son, por regla, inapelables. Pero este caso es una excepción: hay una falla de origen en el debate mismo. Por eso planteamos que el tribunal de impugnación lo declare admisible, revise el fondo y anule el fallo”, indicó. El tribunal tiene un plazo de 40 días para decidir si admite o no el recurso.
Guenumil defendió el juicio por jurados como herramienta democrática, pero remarcó que su validez depende del correcto funcionamiento. “Es un mecanismo válido, está en la Constitución desde 1853 y fue incorporado en Río Negro hace poco. Pero no podemos pedirle al pueblo decisiones justas si no recibe la orientación adecuada. Si el jurado no pudo decidir soberanamente porque no fue bien instruido, eso no invalida al sistema, pero sí obliga a corregir el proceso”, expresó.
Finalmente, el abogado insistió en que una revisión es necesaria para evitar un precedente grave. “Este caso no solo afecta a una familia. Si se convalida esta sentencia, se establece que incluso ante un homicidio confesado puede no haber condena. Eso debilita todo el sistema de justicia. Por eso pedimos que se repita el juicio, sea con jurado o con un tribunal técnico, pero con garantías plenas para las partes y para la sociedad”, concluyó.
22 junio 2025
Judiciales