En el marco de la negociación paritaria correspondiente a la actividad mercantil, se cerró un nuevo acuerdo salarial que estipula un aumento del 5,4% distribuido en tres tramos, sumas fijas no remunerativas y una instancia de revisión en julio próximo. El convenio se aplicará desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.
De acuerdo con la información recabada por este medio, el incremento pactado se aplicará sobre las escalas de remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, tomando como base los valores de marzo de 2025, que ya incluyen sumas no remunerativas vigentes hasta esa fecha. El aumento se abonará en forma escalonada: un 1,9% en abril, un 1,8% en mayo y un 1,7% en junio, todos ellos de carácter no acumulativo.
Las entidades que participaron de la negociación fueron la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS). Las fuentes consultadas confirmaron además que los porcentajes correspondientes a cada mes serán incorporados a los sueldos básicos en los haberes del mes siguiente: el tramo de abril en mayo, el de mayo en junio y el de junio en julio.
El acuerdo también prevé el pago de una suma fija no remunerativa, que será abonada en tres cuotas: $35.000 en abril, $40.000 en mayo y otros $40.000 en junio. Esta última se incorporará al salario básico a partir de julio de 2025. Voceros de las partes involucradas indicaron que el objetivo de estas sumas es reforzar el poder adquisitivo de las trabajadoras y los trabajadores del sector en un contexto de inflación sostenida.
El convenio incluye una cláusula de revisión que contempla un nuevo encuentro en julio de 2025, a fin de evaluar posibles ajustes de acuerdo con la evolución de las variables económicas. Desde las entidades gremiales señalaron que esta instancia permitirá resguardar el salario real de las y los empleados de comercio frente a eventuales desequilibrios.
Finalmente, se aclaró que los términos de este entendimiento no serán obligatorios para los acuerdos salariales que se negocien en la ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego, aunque los valores resultantes de este acuerdo sí constituirán el mínimo convencional aplicable una vez homologado.
13 junio 2025
Gremiales