Para UPCN la "insalubridad" depende de una "decisión política" de Nación

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La conducción de la Unión de Personal Civil de la Nación (UPCN) expresó mediante un comunicado que la denominada Ley de Insalubridad para los trabajadores de la salud pública depende de una "decisión política" del Gobierno Nacional. 

Se recordó, además, que entre los años 2008 y 2010, se realizaron gestiones desde el sindicato, conjuntamente con el Gobierno Provincial, ante la ANSES, sin obtener respuestas. 

Luego de brindar un detallado informe de lo ocurrido en los últimos años con la temática, desde el sindicato se explicó que "más allá de lo justo del reclamo, la decisión es del gobierno Nacional y es netamente política". 

"Por lo que esta organización ya envió la documentación y antecedentes a representantes rionegrinos en el Congreso Nacional", explicaron desde UPCN.

En el comunicado, se indica que "la UPCN considera necesario esclarecer un tema que es muy importante para los trabajadores de Salud de Río Negro, se trata de considerar su labor como tarea penosa, riesgosa o insalubre".

"Es nuestro deber recordar que la legislación provincial (ley 59 de 1959, ley 1491 del 1981, Decreto 2012 de 1984, ley 2092 del año 1986, la ley 2432 y ley 2502 ambas del año 1991) mantuvo el mismo criterio para el otorgamiento del beneficio previsional, con requerimiento inferior de años de servicios y de edad a las tareas prestadas por el personal médico, auxiliares técnicos de medicina y de Servicio de Apoyo que trabajan en hospitales o centros de salud", explican desde el sindicato.

Mientras agregan que "esta situación se mantuvo hasta el 30 de abril de 1996, fecha de transferencia del Sistema Previsional de Río Negro a la Nación. A partir de allí, los trabajadores de la Salud quedaron en un limbo, pues la norma nacional que legisla sobre el tema es el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 4257 del año 1968, que incluye únicamente al personal que se desempeña habitualmente en trato o contacto directo con pacientes en leprosarios, salas o servicios de enfermedades infecto contagiosas, hospitales de alienados, o establecimientos de asistencia de diferenciados mentales".

"Desgraciadamente las enfermedades infecciosas se han expandido incluyendo ahora a otras como el VIH, la Hepatitis C y el Covid-19 .También es necesario recordar que desde el año 1991 rige en la Provincia la Ley Nº 2440 de Salud Mental, de desmanicomialización, por los que esos pacientes son tratados en los hospitales provinciales".

"En conclusión, tanto los pacientes con enfermedades infectocontagiosas como mentales son atendidas en los hospitales y centros de salud de Río Negro, por lo que es evidente que dicho personal debe ser incluido dentro de las tareas descriptas por el Decreto 4257/68 (inciso a)". 

Sobre el final del comunicado se indica que "el Gobierno Provincial con UPCN, hicieron la presentación antes el Anses y la Secretaría de Trabajo y siguieron el trámite entre el 2008 y 2010 sin haber obtenido resultado".

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