18 diciembre 2019
Viedma
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El Concejo Deliberante de Viedma recordó la vigencia de la Ordenanza 7885, que prohíbe la comercialización y el uso de pirotecnia de estruendo en todo el ejido de la ciudad y advirtió sobre las penalidades que existen si se infringe la normativa.
"Para Navidad y Año Nuevo, en la ciudad capital está prohibida la comercialización, venta al público -mayorista o minorista-, entrega gratuita, venta ambulante y uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de estruendo en el ejido de Viedma. Así lo establece la ordenanza 7885, sancionada oportunamente por el Concejo Deliberante", recordó el Concejo.
Respecto a las multas que la Ordenanza contempla, el cuerpo remarcó que "los comercios que no cumplan con la normativa serán penados con multa por el Municipio".
"Para que todos los vecinos y vecinas de Viedma puedan disfrutar las Fiestas como merecen, se deben respetar las normas vigentes. Sobre todo, las que regulan el uso de fuegos artificiales y de estruendo, que resultan perjudiciales y nocivos para el ambiente y la salud, afectando a los grupos más vulnerables, como los bebés, adultos mayores, personas con discapacidad y mascotas", destacó el Deliberante.
Para Navidad y Año Nuevo, en la ciudad capital está prohibida la comercialización, venta al público -mayorista o minorista-, entrega gratuita, venta ambulante y uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de estruendo en el ejido de Viedma, según la Ordenanza mencionada.
"La ordenanza apunta a preservar la integridad física de las personas, niños y niñas en particular, proteger a los animales del maltrato y sufrimiento al que se ven expuestos y aportar al cuidado y la preservación del ambiente", destacó.
Agregó además que "la norma establece que la pirotecnia no está permitida en marchas y manifestaciones, y señala que también se encuentra prohibida la venta y uso del elemento conocido como “globo aerostático pirotécnico”.

19 diciembre 2025
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