Fiscalía solicitó 12 años de prisión para el autor del Homicidio en Roca

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Nelli tuvo en cuenta para la imposición de la pena, la gravedad del hecho, la naturaleza, el daño moral ocasionado, lo expresado por el imputado en su indagatoria y el grado de instrucción, entre otros elementos.

Según la acusación plasmada en la requisitoria fiscal de elevación a juicio, el hecho investigado ocurrió alrededor de las 22.15 en inmediaciones de la vivienda del imputado, ubicada en la calle Islas Orcadas casi Picaflor. Se produjo un conflicto estando la víctima en la vía pública y el imputado en el interior de su predio. En esas circunstancias Colicheo le habría disparado con una carabina a la víctima, en el momento en que Montecino presuntamente intentaba alejarse corriendo del lugar. El impacto del disparo le provocó una perforación intestinal y una masiva hemorragia interna. La víctima fue auxiliada por familiares y trasladada al hospital local, donde finalmente falleció.
Durante los alegatos, el fiscal remarcó que se descartó el elemento de “la legitimidad de una legitima defensa”, considerando que "quedó acreditado que no hubo igualdad de armas, que no hubo ningún tipo de necesidad de darle muerte a Montecino, que el disparo fue a tracción y por la espalda" Además señaló que "no existe una causa de justificación en el accionar del imputado como así también no hubo un peligro inminente que lo habilite haber actuado de la manera que actuó".

Asimismo, destacó que con la declaración indagatoria, donde el imputado reconoce el hecho, quedó acreditado el dolo directo de matar. En la misma el imputado dice que “tira porque se anticipó a que el otro supuestamente le dispare”, y que luego para mejorar su situación dice que "en realidad no le quiso pegar, le apuntó a las piernas, no para matarlo, sino para herirlo".

Finalmente, el fiscal señaló que de los testimonios de los testigos, se desprende que no fue un solo disparo el que efectuó Colicheo, sino que fueron más disparos (no menor de dos). También se suma la autopsia realizada por el Cuerpo Médico Forense en la que se determinó que la víctima fallece producto de "una hemorragia interna aguda de una herida de un proyectil de arma de fuego", por que el disparo vino de atrás hacia adelante. Agregó que el imputado no era legítimo usuario de armas, según informes del Registro Nacional de Armas y que el informe del Gabinete de Criminalística indica que la carabina calibre 22 era apta para el disparo.

Por su parte la defensa, ejercida por los abogados particulares Jorge Crespo y Guillermo Leskovar Garrigós, solicitaron la pena mínima de su defendido por el delito de"homicidio preterintencional en concurso real de la portación de arma". Con respecto al abuso de armas, los defensores solicitaron la absolución del imputado. Alegaron que la intención de Colicheo fue el de lesionar y no matar.

Cabe recordar que en el día de ayer a la noche se realizó inspección ocular en el lugar del hecho, donde concurrió el fiscal junto al resto de los magistrados y funcionarios judiciales. Dicha diligencia, fue requerida por la defensa y que prestó la conformidad para la producción de dicha prueba por parte del fiscal Nelli, en tanto se opuso a la realización de la reconstrucción del hecho que también había sido solicitado la defensa y denegada por el Tribunal. 
El debate, se desarrolla ante los jueces Emilio Stadler, Daniel Tobares y Margarita Carrasco (subrogante). El juicio se reanudará con la lectura de la sentencia que está prevista para el día 10 de Mayo a las 12 horas.

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