Por Osvaldo Nemirovsci*
No se trata de oponerse
porque sí. Existen motivos en este proyecto de Reforma Laboral que merecen ser
puestos en la mira y opinión pública.
Hay ejemplos en la
historia reciente donde se siguieron pasos con mejor respeto por valores
democráticos. Cuando se impulsaron leyes de importancia social, económica o
cultural, se hizo desde una mirada siempre convocante a opiniones distintas y
fijando mecanismos que aseguren la participación de personas, organizaciones y
estudiosos antes que se trate en el Congreso. En 2010 se pone en valor un tema
complicado y candente como el Matrimonio Igualitario y antes de que
llegue al Congreso se discutió y trató en decenas de espacios convocados a tal
efecto en todo el pais. Lo mismo ocurrió con la ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual (puede gustar o no y eso es otro cantar) que
fue pródigamente debatida en cientos de foros y se aceptaron más de 40 modificaciones antes de ser votada
en el Parlamento. La sanción del Código Civil y Comercial federal en 2015
reconoció previo a su sanción la toma de opiniones de especialistas de todas
las corrientes del pensamiento jurídico. Y hubo pluralidad y apertura al debate
en temas muy complejos de uniformar posiciones (y está bien que así lo sea)
para recién luego se votados en las Cámaras como la Interrupción voluntaria del
embarazo, la ley de acceso a la Información Pública y muchas otras
propuestas legislativas y regulatorias que, nacidas generalmente de matriz
peronista, se pusieron a consideración de un público más amplio con criterio
democrático y federal. Insisto: estas normas pueden
agradar o no, estoy hablando de una metodología de participación y oportunidad
de debate antes que se presenten en el espacio definitorio de su sanción que es
el Congreso.
En estos ejemplos se puso
en valor herramientas del sistema democrático en donde no todo debe quedar en
manos de 257 diputados y 72 senadores sino que se asignó importancia y validez
política a la polémica pública y a la reflexión compartida con otras miradas
antagónicas.
La presencia de voces
diferentes enriquece todo debate. Las argumentaciones sostenidas en pensamientos
inteligentes e informados mejoran todo proyecto.
Haciendo parangón con la
política internacional puede decirse que es preferible el multilateralismo
antes que el unilateralismo.
Este introito tiene que
ver con la llamada ley para la modernización laboral que es una reforma
escasamente justificada en la hermenéutica jurídica pues se aparta de la
interpretación clara de una norma establecida y en el reconocimiento de un instituto fuertemente
instalado en las jurisprudencias del derecho positivo, normas de rango
constitucional, acuerdos ut supra internacionales y la inmensa mayoría del
derecho constitucional reconocido como tal en miles de fallos de tribunales de
menor cuantía.
Y este proyecto, no
puesto en debate ante ningún foro público y solo alentado por funcionarios cooptados por ideologías férreas de un
liberalismo lleno de naftalina y promocionado por periodistas incultos del
derecho y del mundo laboral, es importante pues pretende modificar todo
un orden jurídico protectorio de los trabajadores en las relaciones laborales
que en Argentina se sostiene en doctrina de larga data y reconoce en su origen
firmes luchas para obtener el necesario, y aun insatisfecho equilibro en el
asimétrico mundo de las relaciones entre trabajadores y la patronal.
No hay justicia cuando la
norma deja sin resguardo del derecho laboral a trabajadores bajo inciertas y
dudosas figuras de “colaboradores”,
“autónomos que facturan”, “trabajadores independientes” y que deberán
regirse por Códigos ajenos al derecho del trabajo como son los civiles y
comerciales. Más allá de fundamentos técnicos que pasare a detallar, el tema
cobija, con cierta pretensión de camuflaje, una fuerte decisión política de
regreso a situaciones históricas donde las relaciones sociales se definían en
función de fuerzas de poder y no de basamentos legales acordados y establecidos
por mecanismos democráticos. Se quiere, hoy, una situación que quite valoración
ontológica a la justicia laboral y se regrese a un mundo donde los trabajadores
carecían de tutela legal y la vulnerabilidad era la constante de sus vidas. Y,
no estoy dramatizando palabras para asustar a nadie, rechazo las terminologías
extremas que en virtud de lograr algún efecto argumentativo caen en exactitudes
históricas o frases fáciles en su exageración. Esto que pretende el gobierno de
Milei, es todavía peor que lo que acabo de mencionar.
Veamos: Aparecen en el
proyecto puntos donde en función de “inocentes” cambios menores se logra
mejorar la posición económica de la patronal como es el caso de las creación de
los FAL, Fondos de Asistencia Laboral
que es para pagar indemnizaciones y que se forman con el aporte obligatorio del
3% de las remuneraciones de todos los trabajadores. ¡Hasta acá, vamos bien
Camilo”! – dijo alguien. Lo que ocurre es que ese 3% no lo aporta la patronal
sin que los empleadores incluidos en el régimen acceden a una reducción de 3 %
en la contribución patronal al SIPA/Sistema
Integral Previsional Argentino ¡que tal Pascual! El fondo conformado para pagar futuras indemnizaciones es gratuito para
el empleador, solo lo descuenta de sus aportes al sistema previsional
(SIPA/ANSES) con lo que se desfinancian de manera irresponsable los recursos de
la seguridad social y toda indemnización pasa a no tener costo para la patronal. La
van a sostener los jubilados y aquellos que cobren AUH. Asi está en el texto
del proyecto. ¡Leer y ver para creer!
Esto, amén de la
injusticia con que se reubica un costo lógico para las empresas a las espaldas
de jubilados, es una clara transferencia de recursos económicos desde el
universo laboral al capital y hay que sumarle 1 punto más que ganan las
empresas al disminuir el aporte patronal a las obras sociales de 6 a 5%.
En definitiva, si se aprueba este punto de la ley, toda la patronal en
tiempo record pasa a tener una ganancia extra de ¡cuatro puntos! ¡4%! del total
de la masa salarial.
En el tema indemnizatorio
también agregan que al cálculo para pagar no se incorporan los valores de
aguinaldo y vacaciones ni se toma en cuenta el dato de los mejores diez años
sino que se hará un promedio, también incluyen el concepto de “tope indemnizatorio”.
Estas tres mutaciones son contrarias al interés del trabajador cesanteado. Otra
enorme ventaja para la patronal.
Festeja la patronal, con champagne, estas visiones de Sturzenegger y Milei.
No hago cálculos, pero sí
les puedo asegurar que son varios miles de millones de dólares que cada doce
meses pasaran a engrosar las cuentas de los empleadores.
El régimen de Compensación de horas extraordinarias de
trabajo o Banco de Horas es digno de
los Hermanos Marx, por lo grotesco. Se perderán, sin duda alguna, todas las
horas extras y sobre todo aquellas que se cobran doble o más en días feriados o
domingos.
El planteo de
descentralizar las negociaciones colectivas priorizando lo individual y las
estructuras gremiales por empresa, debilita desde ya el rol de los sindicatos y
federaciones y promueve acuerdos fuertemente desiguales debido al tipo de
organización gremial y su fuerza relativa para luchar por sus reclamos. Pero
tampoco debe ser del gusto de la patronal de los grandes emprendimientos pues
en lugar de convenir con un solo interlocutor sindical deberán hacerlo con
comisiones internas de fábrica o nuevos sindicatos de empresas y la evocación
de los años 70 con los sindicatos cordobeses de Sitrac y Sitram no debe ser un
recuerdo agradable para los empresarios.
Esto forma parte de los
puntos del proyecto que buscan debilitar la fuerza colectiva de los sindicatos
junto al intento que los Convenios Colectivos queden en una nebulosa legal y
que el histórico derecho de huelga sea legalmente cubierto por el texto del
decreto 70/23 y la incorporación de mas sectores laborales al carácter de
servicios esenciales para que no puedan desarrollar medidas de lucha.
Se habla de que durante
una huelga los trabajadores deberán asegurar un servicio mínimo que puede
llegar hasta el 75% con lo que deja de existir el derecho de huelga como un
instrumento apto para los trabajadores.
En realidad todo esto
tiene un sentido técnico reaccionario y pre diluviano, antiguo y con intento de regresar a categorías subalternas a
la gente que trabaja y también posee un objetivo que es disciplinar la fuerza
laboral, lo que es peor ya que habla de una vocación por cierta restauración
conservadora que llevaría a la Argentina a los años previos a la sanción de la
Ley Sáenz Peña (1910). Por eso serán objeto de regulación las asambleas de trabajadores las
cuales requerirán autorización expresa del empleador (¿Por qué daría permiso?)
y durante su efectivización se le descontará el salario a quienes participen.
En síntesis para lo
técnico, no hay nada creativo nuevo para gente analfabeta social como
Sturzenegger y Milei, ya que acuden a casi lo mismo que se hizo con aquella
famosa Ley Banelco (la 25250) y se completa cuando se da valor taxativo a lo
que quieren modificar de la LCT/Ley de Contrato de Trabajo donde se eliminan
diez artículos, se cambian casi 60 con lo que se afecta en su totalidad el
sentido a dicho instituto señero y de juridicidad pacíficamente aceptada
durante tantos años.
Ya hemos pasado por esto.
¡De que cabeza ocupada por ideologías y
sueños de pesadilla puede salir tanta vocación por reiterar fracasos que
causaron dolor y angustia en millones de compatriotas! En los años 90 se
probó con el neoliberalismo atado políticamente a una mirada coyuntural del
justicialismo y fue un claro signo negativo para la historia laboral del pais.
Se flexibilizaron las relaciones de trabajo, lo contractual tradicional mutó en
nuevas formas, se limitaron las indemnizaciones por despido, se morigeraron
derechos laborales creyendo que eso produciría mejor competitividad
empresarial, se abrieron importaciones, se descentralizaron las negociaciones
colectivas. Mucho de lo que ahora se
busca, ya se hizo ¿y cuál fue el resultado que todos conocemos? Una crisis que
llegó en los años 2000 y 2001 donde el total de los indicadores sociales y
económicos tocaron el subsuelo demostrando los escasos límites de ese modelo y
lo maligno de su aplicación. La pobreza trepó rápidamente, la desocupación se
cuadruplicó (¡sí, cuadruplicada!) y la calidad de vida de toda la población
trabajadora, humilde e incluso sectores medio cayó a niveles inéditos.
En toda la América
cercana las relaciones laborales siempre viven el sube y baja entre la vigencia
de la protección de derechos y los intentos de flexibilización y desregulación,
conflicto este que marca el forcejeo entre capital y trabajo. En nuestro pais
esta querella va modificando realidades productivas y cambiando condiciones
laborales y eso se nota en relación con los vaivenes electorales ya que según
la identidad política triunfante se pasa de políticas redistributivas y con
cierta justicia social a posiciones de liberalismo y neoliberalismo.
No habrá mejora alguna
desde la simple enunciación de una ley laboral mientras el mercado no mejore
condiciones. En la medida que no haya dinero en los bolsillos de los
habitantes. No mejoraran condiciones de producción con todas estas ventajas que
pretenden asignarle a la patronal. Habrá conflicto y la naturaleza antijurídica
de este proyecto ya prefigura su judicialización y la improbabilidad de su
aplicación.
Hay experiencias
internacionales que hablan de la dificultad de llevar a cabo estas prácticas
regulatorias tan desfavorables para los trabajadores. Francia, Portugal, Chile,
México entre otro han comprobado en situaciones similares la decepción con
estas políticas.
Debe existir en la
sociedad, el coraje, aun en contra de
algún sentido común mayoritario que puede ver con simpatía (generalmente por
adhesión ideológica, laboro fobia o incultura) para enfrentar estas medidas y denunciarlas.
No está de más recordar la frase
de Martin Luther King: “Siempre es el momento apropiado para hacer lo que
es correcto”.
Las reformas auguran
falsamente reactivaciones productivas y económicas que requieren de otros
carriles, que no son el recorte de derechos laborales, para ser
fructíferas. No habrá más competitividad
ni aumentará el flujo inversionaista externo por este proyecto. Los datos de la
historia son concluyentes y demuestran lo contrario. Y en caso que pueda
ocurrir tienen la perentoriedad de ser transitorios, pero lo que si cambia y por mucho tiempo son las condiciones de vida de
millones de trabajadores y desempleados y allí los costos sociales son
infinitos y de consecuencias devastadoras para las familias, su tranquilidad
social, su salud y su futuro. De eso
tienen que hacerse cargo los que hoy defienden la ley.
Y a ciertos dirigentes
gremiales que pueden tener una visión favorable sepan que si hoy se aceptan
estas modificaciones los trabajadores quedarán presos durante mucho tiempo a
relaciones de poder absolutamente desiguales.
Mucho más peligroso que
un cambio regulatorio es la consecuencia social que, de aprobarse esta ley, se
producirá en el pais donde el aumento de la precarización en los empleos y la
carencia de derechos que protejan va a afectar la calidad de vida de millones
de familias, va a obturar su movilidad social y va a destruir cierta coherencia
social de la que Argentina hace gala como característica muy propia del pais a
diferencia de otras naciones de la América latina. El destino de enormes
franjas etarias que entrarían al mercado laboral bajo estas condiciones ofrecerá
volubles objetivos de estabilidad en sus trabajos y de seguridad social y
previsional. Vivirán años y años en la incertidumbre.
No hay mucho más que
decir. Hay que desafiar este proyecto.
Los legisladores son los
que votan pero la sociedad, o gran parte de ella, es la que en este caso debe
poner inteligencia, coraje, fe humanista, solidaridad y convicción para evitar
que se degraden más los modelos inclusivos.
“La vida se encoge o se expande en proporción a tu coraje” – Anaïs Nin
*Diputado Nacional MC

13 diciembre 2025
Opinion