Dejó el hogar porque su beba lloraba y deberá pagar cuota alimentaria

La niña tenía 22 días cuando el padre se fue; la Justicia fijó un 25% del salario con descuento directo

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Un hombre deberá pagar el 25 por ciento de su salario en concepto de cuota alimentaria luego de haber abandonado el hogar cuando su hija tenía 22 días de vida, con el argumento de que la beba lloraba y no deseaba ejercer la paternidad en esa etapa. La decisión fue adoptada por el fuero de Familia de Roca, que además estableció un piso equivalente al salario mínimo, vital y móvil y ordenó el descuento directo sobre sus haberes.

Según surge del expediente judicial, la convivencia se interrumpió cuando la niña tenía poco más de tres semanas. De acuerdo con lo relatado por la madre en su presentación, el hombre manifestó que no quería continuar en el hogar porque la beba lloraba con frecuencia y no estaba dispuesto a asumir la crianza.

La mujer, que cursaba el último año de su carrera universitaria, quedó a cargo del cuidado exclusivo de la niña. Para sostenerla económicamente, trabajó en doble turno como maestra de apoyo y afrontó los gastos diarios vinculados a la crianza. También intentó, según consta en la causa, que el padre participara de controles pediátricos y actividades recreativas, sin obtener respuesta.

Ante la falta de aporte económico y de involucramiento, inició una demanda por alimentos. Durante el proceso, el demandado fue notificado pero no contestó la presentación ni asistió a la audiencia fijada para intentar un acuerdo.

Al resolver, la jueza valoró que la madre asumió el cuidado personal de la niña y recordó que el Código Civil y Comercial reconoce el valor económico de las tareas de cuidado. En esa línea, sostuvo que actividades como la atención cotidiana, la organización del hogar, el acompañamiento en la salud y el desarrollo constituyen un aporte concreto a la manutención.

La sentencia fijó una cuota del 25 por ciento del salario del progenitor, con la aclaración de que el monto mensual no podrá ser inferior al salario mínimo, vital y móvil. Para garantizar el cumplimiento, se dispuso que el descuento se realice directamente sobre el sueldo.

En el fallo también se consignó que la madre no percibe la Asignación Universal por Hijo y que el hombre se negó a renunciar al beneficio para que ella pudiera cobrarlo. Finalmente, la magistrada entendió que la falta de participación y el desinterés demostrados configuran una forma de maltrato infantil y de violencia económica hacia la madre, en el marco de las responsabilidades parentales.

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