La Justicia suspendió las elecciones del gremio APEL previstas para diciembre

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar y dejó sin efecto, de manera provisoria, el proceso electoral convocado para el 18 de diciembre

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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió suspender las elecciones del gremio APEL que estaban previstas para el próximo 18 de diciembre, tras admitir una medida cautelar presentada por la lista “Celeste y Verde”, que había sido excluida del proceso electoral por la Junta Electoral de la organización sindical. La decisión deja en pausa el cronograma electoral hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Según surge de la resolución judicial, el tribunal consideró acreditados los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar. En ese marco, las y los camaristas señalaron que las exigencias impuestas por la Junta Electoral para habilitar la participación de la lista “Celeste y Verde” resultan, de manera preliminar, desmesuradas y/o arbitrarias, aun cuando se argumente que dichas decisiones se apoyan en el estatuto gremial.

La Cámara también analizó el alcance de las normas internas cuestionadas, en particular el artículo 105 del estatuto sindical. De acuerdo con el fallo, su aplicación excedería el marco previsto en el artículo 16, inciso g), de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, en tanto podría restringir o impedir la participación democrática de las distintas corrientes internas en los procesos electorales.

En relación con el peligro en la demora, el tribunal advirtió que la realización de los comicios en las condiciones actuales podría afectar garantías constitucionales vinculadas a la libertad sindical y a la democracia interna de las organizaciones gremiales. Este aspecto fue considerado central para justificar la suspensión provisoria del acto electoral.

A su vez, el dictamen del Fiscal de Cámara incorporado al expediente sostuvo que toda duda respecto de la participación de una lista debe ser evaluada con un criterio amplio, orientado a facilitar la renovación de autoridades. El representante del Ministerio Público remarcó especialmente los casos en los que una decisión adversa podría derivar en la existencia de una lista única, situación que limita la pluralidad interna.

Finalmente, la resolución judicial aclaró que la medida cautelar dispuesta suspende el proceso electoral hasta tanto se dicte una sentencia sobre el fondo de la controversia. En ese sentido, la Cámara dejó expresamente establecido que la decisión adoptada no implica adelantar opinión ni emitir un juicio definitivo sobre el conflicto que subyace en la causa.

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