El procurador general de Río Negro, Jorge Crespo, dictaminó a favor de los concejales de Bariloche en el conflicto de poderes con el intendente Walter Cortés y recomendó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) que declare la nulidad de las resoluciones mediante las cuales el Ejecutivo municipal convocó al referéndum popular previsto para el 9 de noviembre.
El dictamen, identificado como N° 161/2025, fue emitido este lunes y publicado por el Ministerio Público. En un extenso documento de 17 páginas, Crespo analizó los antecedentes del caso, los argumentos presentados por las partes y la normativa vigente, concluyendo que la convocatoria impulsada por el intendente “fue dictada en exceso de sus competencias e invade atribuciones propias del Concejo Deliberante”.
El planteo ante el STJ fue realizado por los concejales de la oposición Julieta Wallace, Leandro Costa Brutten, Facundo Blanco Villalba, Roxana Ferreyra y Samantha Echenique, quienes denunciaron una intromisión del Ejecutivo en las funciones legislativas. Los ediles advirtieron que las diez preguntas incluidas en la consulta se refieren a proyectos en tratamiento en el Concejo, y que la convocatoria fue decidida sin consulta ni aprobación del cuerpo deliberativo.
En su dictamen, Crespo sostuvo que el referéndum popular solo puede ser determinado por el Concejo Deliberante, de acuerdo con los artículos 38 inciso 14, 162 y 163 de la Carta Orgánica Municipal, y que el intendente no cuenta con facultades para definir ni convocar directamente este tipo de procesos. “El conflicto debe resolverse a favor del Concejo Deliberante, como único órgano facultado para decidir los asuntos que ameritan ser tratados mediante referéndum popular, garantizando la legalidad y la transparencia institucional”, afirmó.
El Procurador propuso que el STJ declare la nulidad de las resoluciones 1453-I-2025, 1459-I-2025 y 1489-I-2025, por considerar que fueron emitidas “sin sustento legal alguno”. También recordó antecedentes como la consulta popular de 2009 sobre la instalación de un hipermercado, que fue convocada a través de una ordenanza del Concejo y no por decisión directa del Ejecutivo.
El dictamen no tiene carácter vinculante, pero constituye una referencia clave para la decisión que deberá adoptar el Superior Tribunal de Justicia, el cual deberá resolver el conflicto antes del 9 de noviembre, fecha prevista originalmente para la realización del referéndum.

5 diciembre 2025
Río Negro