La Cámara de Senadores de la Nación tiene en estudio
varios proyectos de Ley de Teletrabajo presentados por legisladores de todos
los bloques desde el inicio de la pandemia de coronavirus, aunque el que cuenta
con más posibilidades de ser aprobado sin cambios es el que llegó de Diputados
hace algunas semanas.
La iniciativa fue aprobada el último 25 de junio en la
Cámara baja por amplia mayorÃa, aunque la votación evidenció algunas
diferencias dentro del interbloque de Juntos por el Cambio.
En aquella oportunidad, el proyecto obtuvo el respaldo de
214 legisladores del Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, Juntos
por el Cambio, el Interbloque Federal y el Interbloque Unidad Federal para el
Desarrollo.
En tanto, 29 diputados decidieron abstenerse en la
votación: 21 del PRO, tres de la Coalición CÃvica, la izquierda, algunos de
Consenso Federal y un macrista votó en contra.
En el Senado la iniciativa serÃa puesta a consideración
de la comisión de Trabajo y Previsión Social esta semana, en conjunto con
varias iniciativas presentadas ante la Cámara desde principios de abril.
Al menos una decena de expedientes deberán ser adjuntados
al proyecto que fue sancionado por Diputados.
Se trata de proyectos presentados por los oficialistas
Juan Mario Pais (Chubut), Mariano Recalde (Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Antonio Rodas (Chaco), MarÃa Eugenia Catalfamo (San Luis), Silvina GarcÃa
Larraburu (RÃo Negro) y el presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Lovera
(La Pampa), que fue uno de los primeros.
Desde Juntos por el Cambio, los senadores Juan Carlos
Marino (La Pampa), Julio Cobos (Mendoza) y Gladys González (Buenos Aires)
redactaron iniciativas.
En tanto que el único representante de Juntos Somos RÃo
Negro, Alberto Weretilneck, también propuso un proyecto de ley de Teletrabajo.
No obstante, el expediente sobre el cual los senadores
trabajarán en las próximas semanas será el que tiene sanción de Diputados,
mientras que el resto de las iniciativas serán puestas "a la vista".
Si el proyecto llegado de la Cámara baja recibiera
modificaciones, entonces deberá volver a Diputados para una nueva revisión.
En esa instancia, los legisladores tendrán que optar por
la versión original o por la que le envÃen los senadores.
De todos modos, fuentes del oficialismo aseguraron a
Télam que la idea es que la Cámara alta convierta el proyecto en Ley para que
entre en vigencia inmediatamente.
El proyecto de ley establece los derechos que tendrán los
trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo
que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo.
El dictamen habÃa sido consensuado originalmente entre el
bloque del Frente de Todos y de Juntos por el Cambio y establece presupuestos
mÃnimos para el trabajo a distancia, el derecho a la desconexión, a tener una
jornada determinada, y el carácter voluntario de esta modalidad de empleo a
distancia.
Entre otros aspectos, se considera
"teletrabajo" a la tarea que se realiza en forma parcial o total en
el domicilio o en lugares distintos al establecimiento de la empresa.
El proyecto establece presupuestos mÃnimos que deben
cumplir trabajadores y empleadores y deriva aspectos puntales a los convenios
colectivos.
Los teletrabajadores tendrán los mismos derechos
-salarios, licencias y vacaciones-que aquellos que lo hacen en forma
presencial.
La idea es que la ley, una vez promulgada por el Poder
Ejecutivo, comience a aplicarse tres meses después de que finalice el Aislamiento
Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el gobierno para mitigar el
avance del coronavirus.
La jornada laboral por la modalidad del teletrabajo debe
pactarse por escrito y los trabajadores tendrán el mismo horario como si fuera
presencial, garantizándose su derecho a la desconexión.
En tanto, los empleados que acrediten tener a su cargo
menores y adultos mayores tiene derecho a adecuar su dÃa de trabajo. La
modalidad a distancia, salvo en casos de fuerza mayor, es voluntaria. De hecho,
el trabajador podrá revertir el teletrabajo y volver a su tarea presencial.
Los empleadores deberán otorgar el equipamiento, las
herramientas de trabajo y asumir sus gastos.
Por su parte, los trabajadores tendrán los mismos
delegados que los empleados que lo hacen en forma presencial y se incorporará
la modalidad de trabajo a distancia al listado de enfermedades de las ART.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación deberá crear un registro donde se inscriban a las empresas que tienen
trabajadores de esa modalidad.
31 julio 2026
RÃo Negro