Las personas alcanzadas por la ley provincial que prohíbe el corte de los servicios públicos esenciales por dificultades económicas deben realizar el primer trámite directamente ante la empresa prestataria. Si ese pedido es rechazado o la documentación no es recibida, podrán intervenir las oficinas de Defensa del Consumidor, que ya habilitaron un mecanismo específico para este tipo de reclamos.
Así lo explicó el director de Defensa del Consumidor de Río Negro, Gustavo Fernández, quien indicó que, desde la entrada en vigencia de la norma, el organismo recibió muy pocas consultas vinculadas a la nueva legislación y que, hasta el momento, no se registraron casos en los que una empresa se haya negado a aplicar el procedimiento previsto.
"El usuario primero tiene que presentarse ante la prestataria con la documentación que acredita su situación. Si la empresa se niega a recibir ese pedido o rechaza la documentación, ahí sí interviene Defensa del Consumidor", señaló.
Fernández recordó que el beneficio alcanza a jubilados, pensionados, familias cuyos ingresos no superen el valor de la canasta básica y hogares con personas con discapacidad, siempre que se trate de una vivienda única y familiar. También aclaró que la deuda no desaparece por la aplicación de la ley. "No hay una extinción de la deuda. Lo que hace la ley es reconocer esa deuda y establecer un plan de pago para evitar que se produzca el corte del servicio", explicó.
La normativa establece que las empresas deben ofrecer un plan de pagos cuya cuota no supere el 20% del valor de la factura de mayor consumo registrada por el usuario. Ese compromiso convivirá con el pago de las facturas que se sigan generando por el consumo habitual.
Consultado sobre la implementación de la norma, Fernández aseguró que las distribuidoras de energía y gas ya fueron notificadas sobre el procedimiento y que existe un trabajo coordinado con los organismos de control.
"Venimos conversando con las prestatarias y con los entes reguladores. Por suerte, hasta ahora no hemos tenido inconvenientes y las empresas están aceptando los pedidos cuando se cumplen los requisitos", afirmó.
El funcionario precisó que, en caso de que una empresa no respete la ley, las personas afectadas podrán iniciar el reclamo desde el portal web de Defensa del Consumidor.
"Ya está desarrollada una sección específica para estos casos. El usuario debe completar el reclamo, acompañar la documentación que acredita su situación y aportar los datos del suministro para que podamos intervenir rápidamente", indicó.
A partir de esa presentación, el organismo verificará lo ocurrido con la empresa y, si detecta un incumplimiento de la normativa, podrá iniciar un procedimiento sancionatorio. "Si advertimos que la prestataria incurrió en una infracción, la vamos a intimar, iniciaremos el proceso correspondiente y trataremos de evitar que el corte llegue a concretarse", sostuvo.
Fernández aclaró además que muchos de los reclamos que hoy recibe el organismo no están relacionados con la nueva ley, sino con otros problemas vinculados a los servicios públicos, como errores de facturación, ubicación de pilares, conexiones o cuestiones técnicas, que en la mayoría de los casos corresponden a los entes reguladores específicos.
La ley, cuya vigencia fue restablecida recientemente por la Legislatura de Río Negro, busca impedir que usuarios en situación de vulnerabilidad económica queden sin acceso a electricidad, gas o agua por dificultades para afrontar el pago de las facturas, especialmente durante el invierno. La normativa prevé que el beneficio se solicite ante la empresa prestataria y habilita la intervención de Defensa del Consumidor cuando ese derecho no sea respetado.
16 julio 2026
Río Negro