La sentencia designó a una mujer del Valle Medio como “figura de apoyo” de su vecina con discapacidad intelectual leve. Una jueza de Familia verificó que ella es la persona que diariamente la acompaña y la ayuda en todas las actividades que no puede realizar sola.
La tarea de apoyo fue asignada a la vecina, quien construyó con la mujer un saludable vínculo de confianza, acompañamiento y cuidados. Según indica el fallo, la vecina será la única persona autorizada a acompañarla en “aquellos actos de administración y disposición de bienes, como por ejemplo comprar y vender cosas por valores económicos; acompañarla en las decisiones cuando sean abordados temas complicados en los que necesite de ayuda para resolverlos; percibir la pensión y ayudarla en la administración de la misma, como así también en lo referida a la salud”.
Se mantendrá una restricción parcial a su capacidad jurídica por los próximos tres años. Cumplido ese tiempo la restricción será revisada y eventualmente confirmada o modificada, tal como dispone la ley para estos casos.
En el proceso intervino la Defensa Pública, mediante una defensora de Menores e Incapaces y una defensora Civil. También se dio intervención a la Secretaría Municipal de Desarrollo Social de la localidad donde reside la mujer, debido a la asistencia que regularmente le brinda ese organismo.
Al aceptar su
designación, la nueva figura de apoyo asume el deber de informar al
juzgado sobre el estado, la evolución y los tratamientos que realiza
la señora; también debe informar si se ausentará de su vivienda
por un tiempo prolongado y deberá ayudarla a su vecina en la
administración y disposición de sus bienes y de la pensión que
cobra mensualmente.

27 diciembre 2025
Río Negro