Un vecino de Viedma
será resarcido tras una presentación de menor cuantía que hizo contra una
entidad bancaria por el descuento de seguros, de acuerdo a lo dispuesto por el
Juzgado de Paz de la capital provincial.
El vecino inició la
demanda porque desconoció haber contratado dos pólizas: una de accidentes
personales y otra contra robos en cajeros robo en cajero.
Al realizar la
audiencia entre partes, el banco exhibió el contrato por el seguro de accidentes
personales rubricado por el cliente, que reconoció su firma. De esta manera,
“quedó probada la contratación de tal seguro por parte del actor y ello permite
a la entidad bancaria justificar su cobro”. Por lo tanto la jueza de Paz
rechazó la demanda en este punto.
Sin embargo, dice el
fallo, “no ocurrió lo mismo con el contrato de seguro voluntario de robo en
cajero, ya que la entidad no presentó el contrato, por lo cual no puede darse
por probada su existencia, y en consecuencia tampoco puede justificarse su cobro”.
En la audiencia, el
banco Patagonia “sin reconocer hechos ni derechos, ofreció una suma de dinero
en concepto de resarcimiento, propuesta que no fue aceptada por la parte
actora”.
Puesta a resolver, la
jueza de Paz enmarcó el hecho en un vínculo jurídico entre un proveedor y un
consumidor y recordó que el art. 8 bis de la Ley de Derechos del Consumidor
dispone que: "Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y
trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar
conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes,
vejatorias e intimidatorias".
Recordó que “en esta
categoría de contratos se encuentran en situaciones demasiado desiguales, ello
obliga al juzgador a adoptar soluciones progresistas e integradoras para
garantizar la justicia”.
De esta manera, hizo
lugar parcialmente a la demanda y ordenó el resarcimiento por daño directo,
daño extrapatrimonial y daño punitivo.
Las acciones de menor
cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida,
sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de
Paz. El monto máximo previsto para los procesos es de 50 mil pesos, según la
última resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
El procedimiento es
gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta
los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

29 diciembre 2025
Judiciales