El procurador general de la provincia Jorge Crespo consideró hoy que con el inicio de los juicios por jurados que se iniciarán en marzo del año próximo "el pueblo recupera esa responsabilidad que está en la Constitución Nacional", negó que el nuevo sistema traiga aparejado riesgos y enfatizó que "en la historia de la humanidad siempre ha sido el pueblo el que ha juzgado".
El funcionario recordó que el nuevo esquema "se va a lanzar en todas las circunscripciones, en todo el ámbito de la provincia va a empezar a funcionar este sistema novedoso para nosotros, no para el mundo".
Crespo refirió también que "está determinado en nuestro Código en la Ley 5020 que los juicios por jurados se hacen de acuerdo al pedido de pena que haga el fiscal, aquellos delitos que tengan un pedido de pena que vayan de más de 12 y menos de 25 años se establece un juicio de siete jurados y aquellas penas de más de 25 años una composición de doce jurados".
Explicó que "los jurados se eligen a través de un registro que nace del padrón electoral y ese registro crea la carga pública que tienen todos los ciudadanos de participar en el sistema de juicios por jurados".
"En la historia de la humanidad siempre ha sido el pueblo el que ha juzgado, esto después en el mundo occidental principalmente se dio el advenimiento de los jueces técnicos, pero si usted va al texto de la Constitución Nacional en el artículo 118º y en otros siempre habla de juicios por jurado", graficó Crespo.
El responsable del Ministerio Público consideró que el nuevo esquema "determina a mi punto de vista el veredicto de culpabilidad la sociedad y esto está muy bien que sea así, con este Código Procesal Penal la sociedad recupera ese pedazo de decisión en las cuestiones trascendentales que la afectan". En esa línea insistió con que "recupera el pueblo esa responsabilidad que está en la Constitución Nacional".
Crespo detalló que esta previsto que los jurados deliberan y deciden dos temas, la existencia del hecho y la autoría y el veredicto que sería la decisión final del jurado, se circunscribe a estos dos puntos concretos. Y detalló que "para poder determinar la culpabilidad, el jurado necesita unanimidad en la decisión".
"Si no hay unanimidad está previsto que se resuelva sobre la inimputabilidad de la persona con un número menguado del jurado, si tampoco allí se llega a la unanimidad, la absolución es obligatoria", refirió Crespo y explicó que esto constituiría "la falta de certeza positiva de la existencia del hecho".
Si bien señaló que son mínimas, confirmó que "hay vías recursivas escasas y que tiene que ver con algo que se tiene que proveer a los jurados que son las instrucciones generales y particulares sobre las cuales tienen que desarrollar sus tareas que no tienen que tener valoraciones de la prueba o hechos, esto lo valora el jurado".

29 diciembre 2025
Judiciales