La Justicia rionegrina condenó a un hombre a la pena de nueve años de prisión por considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado de una niña de nueve años.
En el fallo del Tribunal integrado por los jueces Carlos Mussi, Ignacio Gandolfi y Favio Corvalán se dieron dos particularidades por un lado, la ausencia de lesión física en la niña y por otro que se trata de un hecho enteramente juzgado en el marco del nuevo sistema procesal penal, ya que los hechos se produjeron en agosto del año pasado.
Permitió, además, demostrar la mayor celeridad que la Reforma imprimió a los procesos judiciales, según voceros del Poder Judicial.
La singularidad de la sentencia radica en que no había constancia física directa del abuso, ya que los exámenes del Cuerpo de Investigación Forense concluyeron que la niña desde su nacimiento contaba con un himen dilatado. Gracias a la investigación y al testimonio de los profesionales que advirtieron esta particularidad, se pudo probar de todas formas el abuso.
Los hechos se produjeron en agosto del 2017 en el interior de la vivienda que compartía el imputado y la mamá de la víctima junto a ella en una localidad de la Costa Atlántica.
En la sentencia se destacó que los profesionales que atendieron a la víctima expresan que su testimonio es creíble en términos probabilísticos, pudiendo identificarse, con un origen vivencial del relato, descartándose un origen fruto de la invención o imaginación, sea por propia creación o por inducción de terceros combinado con la existencia de sintomatología de estrés post trauma.

29 diciembre 2025
Judiciales