Casa de Gobierno: intentan desplazar a empleado por sus comentarios en facebook y ATE pide explicación al Gobernador

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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) en las últimas horas pudo reunir pruebas que dan cuenta que el desplazamiento de los trabajadores se debe de manera exclusiva a reclamos laborales y presuntas críticas hacia Gastón Pérez Estevan y Alberto Weretilneck realizadas vía Facebook. 
 
"Esto es un escándalo. Es la primera vez que ocurre en la provincia y no existen precedentes que se hayan llevado adelante tareas de espionaje con anterioridad. Los rionegrinos estamos completamente desamparados si el propio Ministro de Seguridad y Justicia ordena este tipo de tareas ilegales y el Gobernador avala que se revisen las redes sociales de los empleados para descubrir su ideología" expresó Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE y CTA de Río Negro.

"Queremos explicaciones convincentes y que sean apartados los funcionarios que están cometiendo estos delitos. No podemos permitir semejantes niveles de intolerancia y persecución en el Gobierno", afirmó Aguiar.
 
En uno de los casos se trata de Pablo Canario, un empleado de planta permanente con muchos años de antigüedad en la Dirección de Defensa Civil a cargo de Adrián Irribarren, quien a su vez depende de seguridad y justicia.

El referido trabajador recibió un mensaje de whatssap para que pasara por la oficina de personal a notificarse de su desplazamiento, informándole que debía buscar otro Ministerio para ser trasladado. Cuando Canario pidió explicaciones al Director de Personal (Buzeta), éste le dijo que era por las críticas que había realizado al Ministro y al Gobernador por facebook y le entregó una copia de la resolución. 
 
El agente había expresado por las redes sociales su malestar frente a las pésimas condiciones laborales que tenía que sufrir, como la falta de herramientas y elementos para poder cumplir adecuadamente con las tareas a su cargo, de indumentaria de trabajo adecuada y otras. También hizo alusión a la tardanza en la autorización de viáticos y al pésimo estado de las oficinas y la cantidad de empleados que existen sin asignación de tareas.
 
Cabe destacar que se trata de trabajadores cuya función es importantísima para el Estado Provincial, ya que tienen a su cargo parte de la red de comunicaciones de la provincia. En este caso puntual, las labores que se realizan son las de antenista, operador de radio, montaje y desmontaje de antenas y equipos de comunicación y torres, asistencia en rescates, colaboración en incendios forestales, búsqueda de personas, choferes y otras. 

Desde ATE se realizarán distintas presentaciones dada la gravedad e ilegalidad de la sanción que intenta el Gobierno y lo peligroso de semejante persecución personal en épocas democráticas, pidiendo explicaciones al Poder Ejecutivo Provincial y la intervención de la Secretaría de Estado de Trabajo.

Desde el Ministerio de Seguridad y Justicia se descartó cualquier situación de “persecución laboral” o “espionaje”
 
Autoridades del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro descartaron cualquier tipo de hechos de supuesta “persecución laboral”, “espionaje” y situaciones derivadas, en el ámbito de esa cartera, desmintiendo las versiones periodísticas surgidas al respecto.
 
En el caso particular dado a conocer hoy, se pretende disfrazar de espionaje y/o cualquier otro tipo de violación a la libertad o intimidad, una situación que lejos está de ser una conducta delictiva, ilegal o irregular.
La realidad de los hechos es que un agente público de la provincia de Río Negro, que reviste en la Planta Permanente en una de las dependencias del Ministerio de Seguridad y Justicia, no se encuentra a gusto con las políticas implementadas desde dicho organismo, violando el Estatuto que lo rige, manifestó verborrágicamente y de manera pública su descontento.
Es de manera pública porque la red social que el agente manifiesta como “violentada” tiene un perfil abierto, lo que significa ni más ni menos que cualquier exteriorización de los pensamientos o conductas que aquel quiera mostrar y/o publicar, se encuentra al alcance de todos y cada uno de los usuarios.
No obstante, es necesario explicar que el agente en cuestión desde hace un largo tiempo ha tenido problemas y los ha generado con todo el personal de Defensa Civil, tanto jerárquico como de igual categoría, siendo esta situación también de público y notorio conocimiento.
La ley provincial L 1844, que regula al personal de la Administración Pública Provincial de Río Negro, considerada la ley madre de la Administración, determina entre otros supuestos, cuáles son los derechos y los deberes correlativos de los empleados públicos.
Así, en su artículo 13° incisos c), e), f) y g), clara y expresamente establece que deben “Acatar regular e íntegramente el horario de labor establecido”, “Observar en el servicio y fuera de él, una conducta decorosa y digna de consideración”, “Conducirse con tacto y cortesía en sus relaciones de servicio con el público y respecto de sus superiores, compañeros y subordinados” y “Obedecer toda orden emanada de un superior jerárquico que tenga por objeto la realización de actos de servicio”.
También dispone que los empleados públicos pueden ser trasladados, siempre que presten conformidad si se trata de una localidad a otra, y se enuncian las razones de aquella situación.
En este marco, atento el descontento del personal de Defensa Civil, así como también ante las situaciones enojosas, rispideces y roces generados por el agente público, y respetando su derecho adquirido como integrante de la Planta Permanente de la Administración Pública, se lo invita a que consiga otro lugar de trabajo dentro de la administración, donde puedan aprovechar su experiencia, conocimiento y además el agente pueda desarrollar acabadamente su plena capacidad de trabajo y desenvolverse en la vida pública.
La utilización de los términos “persecución laboral” o “espionaje” es tratar de provocar un efecto determinado en los vecinos. Para acreditar una persecución de tal naturaleza, deberían existir sumarios infundados, sanciones indebidas o ilegales, entre otras cuestiones inexistentes.
Para la existencia de “espionaje”, debería mínimamente advertirse alguna conducta ilegal prevista en la normativa de fondo, 153° y ss. del Código Penal; alguna violación de correspondencia o similar situación en correos electrónicos o asimilados, intrusiones informáticas, etc. y nada de ello existe.

FUENTE: ATE-Gobierno de Río Negro

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