A través de la ordenanza Nº 6956, prorrogada por la ordenanza Nº 7443 hasta diciembre del año 2015, por la cual toda construcción con destino a la prestación de servicios, se la exime de abonar los derechos de construcción, siempre y cuando finalice dentro del año la habilitación comercial para funcionar.
Asimismo que abran en la villa marítima no abonan habilitación comercial.
Un tercer beneficio indica que todo comercio que tenga habilitación comercial definitiva, no abona la Tasa de Seguridad e Higiene por el periodo desde el 1º Abril hasta el 31 de Octubre.
Por último, también existe un beneficio para los paquetes turísticos. Así, los prestadores que presenten ante la Subsecretaría de Turismo de la Municipalidad de Viedma, un paquete turístico compuesto, como mínimo, de dos pernoctaciones con el servicio gastronómico correspondiente a ese periodo y dos excursiones locales, podrán deducir de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene (Artículo 6º de la Ordenanza Nº 6245), el 50% de los costos de las actividades que integran el mencionado programa.
Para obtener cualquiera de estos beneficios no tiene que tener deuda exigible con la Municipalidad.

26 diciembre 2025
Viedma