El municipio de Viedma apeló el fallo civil que declaró
la nulidad del acta de preadjudicación del complejo La Balsa, cuya última
denominación comercial fue Sal y Fuego. Se trata de una concesión municipal
para la explotación de un espacio gastronómico en la costanera de Viedma.
La presentación del recurso se hizo el pasado 13 de
octubre y el municipio busca revertir el fallo que, de confirmarse, podría
generarle un perjuicio económico muy grande porque quedaría frente a dos
posibles demandas.
Si el recurso de apelación se abre será el Superior
Tribunal de Justicia el que determine la suerte de la situación, por lo que, de
acuerdo a los plazos que generalmente maneja la Justicia y la proximidad de la
temporada, será otro verano en el que el local próximo al río permanecerá
cerrado.
El llamado a licitación pública para concesionar dicho
espacio fue realizado en 2017 y fue preadjudicada en diciembre de ese año. Los
decretos de ratificación del acto se firmaron en 2018. Tras agotar la instancia
administrativa, tiempo más adelante el oferente que quedó en tercer lugar
realizó una presentación judicial.
Básicamente, impugnó distintos rubros de asignación de
puntajes. Pidió que la Cámara revise esas decisiones y lo declare ganador de la
compulsa. Por otro lado, otra de las oferentes también realizó una presentación
judicial solicitando la nulidad de todo el proceso, que está pendiente de
resolución.
Respecto al pedido para que los jueces revisen los
puntajes y realicen una adjudicación a través del fallo, los jueces rechazaron
esa posibilidad. Recordaron que al Poder Judicial “le corresponde determinar si
el proceso licitatorio se ajustó a los términos del Pliego de Bases y
Condiciones y restante normativa que pueda resultar aplicable, es decir su
legalidad, respetando los principios propios de este específico mecanismo de
selección”, pero que no puede determinar un ganador de la compulsa.
Solo puede establecer si “la confirmación o anulación del
acto -en este caso, por haberse infringido el sistema de calificación y puntaje
determinado en el pliego de bases y condiciones- de acuerdo a las pruebas
aportadas a la causa y a los fundamentos jurídicos, pues los jueces no pueden
inmiscuirse en la forma de decisiones que son propias del poder administrador”.
En este caso, la Municipalidad.

24 diciembre 2025
Viedma