El INADI interviene por campaña discriminatoria en El Bolsón

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Esta situación generó la presentación de una denuncia en el INADI por parte de la Comunidad Judía de Bariloche que tiempo atrás detectó carteles en El Bolsón, firmados por un supuesto Comité Comarcal de Solidaridad con 
Palestina,  convocando a rechazar el turismo israelí.

Los carteles encabezados con la frase “Acá no los queremos” hacen 
referencia al conflicto entre Israel y Palestina y, llaman a boicotear las 
vacaciones en la Patagonia de los jóvenes israelíes que visitan la región.

A partir de tomar conocimiento respecto a estos hechos, el delegado
rionegrino del INADI, Julio Accavallo, solicitó a la Municipalidad de El Bolsón y al Ministerio de Turismo de la provincia que se disponga el retiro de los carteles y se analice la aplicación de sanciones a los establecimientos adheridos para que de manera inmediata se deje sin efecto la campaña; entendiendo que estas acciones encuadrarían en la promoción de prácticas xenofóbicas y discriminatorias hacia los ciudadanos israelíes.

En la nota enviada a el Intendente de El Bolsón, Ricardo García, y a la 
Ministra de Turismo, Mariana Giachino, el delegado del INADI citó la Ley
23.592 que en su artículo primero establece:"Quien arbitrariamente impida,
obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos".

Asimismo hizo mención de la Ley 26.370 que en el articulo cuarto determina 
el derecho de admisión y permanencia: “Es el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos”.

A su vez, la delegación Río Negro del INADI repudió la aparición en Bariloche de pintadas con leyendas agresivas hacia el pueblo israelí y de billetes de dos pesos que fueron sellados con la leyenda “Fuera Judíos de la Patagonia”.

“Es preocupante que aparezcan este tipo de hechos anónimos que intentan
generar un clima persecutorio hacia las personas que profesan la religión
judía o son de nacionalidad israelí, por eso instamos a toda la sociedad a 
estar atentos y condenar las acciones de los que pretenden sembrar el
odio” afirmó Accavallo.

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