“Los hijos pueden participar en un juicio con abogado propio cuando los intereses son contrapuestos”

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“El nuevo Código confirma que es total la igualdad de derechos entre hombre y mujeres a la hora de decidir sobre la crianza y educación de los hijos”, afirma la magistrada.
Luego explica: “En caso de ruptura, los hijos tienen derecho a mantener un vínculo estrecho con ambos. El cuidado, en principio, debe ser compartido y equilibrado”.
A la hora de explicar los cambios, recalca que “el sistema anterior favorecía que uno estuviera a cargo de los niños y el otro pasara a un segundo plano. La expresión “régimen de visitas” cambió por “Derecho de comunicación” y ese derecho se amplió a otros referentes afectivos de los niños, más allá de los parentescos”.
“Lo que se conocía como Patria Potestad ahora se llama responsabilidad parental. Los padres y madres tienen el derecho y el deber de orientar a sus hijos, valorando sus opiniones a medida que crecen”, finaliza.
Oportunamente, el Superior Tribunal de Justicia firmó con Canal 10, la emisora de TV pública provincial, un convenio de cooperación que tiene como objetivo “realizar y difundir micros audiovisuales sobre los mecanismos de acceso a justicia, formas alternativas de resolución de conflictos y temas judiciales de interés para la población de la provincia de Río Negro”.

 

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