Trabajando en la protección de los derechos de personas con padecimientos mentales

Comentar

La intervención de la Defensa Pública en casos de internación involuntaria de personas que transitan problemáticas de salud mental busca "acompañarlas en el ejercicio de otros derechos a través de diversas gestiones que posibilitarán su externación". De esta forma resumen su tarea las defensoras Dolores Crespo y Cecilia Donate, Defensoras de Pobres y Ausentes y de Menores e Incapaces, respectivamente.

En este tipo de casos, los defensores públicos comienzan a intervenir pasadas las diez horas de dispuesta dicha medida "para controlar la legalidad del proceso" y a partir del requerimiento del Juzgado de Familia correspondiente.

"Si existe una red de contención de esa persona, los defensores nos mantenemos al margen; pero si no registra eso o ha sido sujeto de diversas intervenciones se evalúa la necesidad de iniciar un proceso de restricción de sus capacidades, previendo la posibilidad de designar un apoyo para evaluar cuál es el limite previsto en el proceso de incapacidad", coinciden.

"La internación es una restricción a la libertad en la que los estímulos y la voluntad de la persona están limitados por la medicación. Nosotros intervenimos buscando que esa sea la única restricción, que el limite sea ese, permitiendo que pueda ejercer todos los demás derechos en la mayor plenitud posible en pos de garantizarle su derecho a la salud".

El trabajo es constante, la intervención continua, muchas veces los defensores se convierten en verdaderos referentes de las personas que atraviesan estas situaciones. La puerta de entrada es el despojo del miedo, del preconcepto, del prejuicio.

"Una de las cosas que aprendimos fue a conocer una realidad que nosotros no manejamos y a confiar en los equipos técnicos de salud, en la información que ellos dan, más allá de que nosotros después hagamos lo que la persona nos reclama, ya que es a ella a quien tenemos que defender".

"Hay una gran cantidad de derechos que no deben ni puede restringirse y si hay alguna forma, algún resquicio a través del cual armar una estrategia para que pueda ejercerlos, nosotros tenemos que velar por eso. Pero sólo es posible si logramos brindarle el tiempo para que exprese lo que necesita, para conocerla y conocer sus intereses".

En este sentido, para ejemplificar el trabajo realizado, las defensoras detallan entre la gran cantidad de intervenciones realizadas, las gestiones para lograr "cuotas alimentarias provisorias, alquiler de viviendas, tramitación de documentos y todos aquellos procesos que impliquen una modificación a la situación que transitaba el individuo con anterioridad a la eclosión". "Si vos le vas a brindar a la persona el mismo ámbito que tenían antes de la internación, lo más probable es que la situación vuelva a repetirse", destacan.

"Hay que despojarse del prejuicio y eso es un ejercicio", coinciden. "Y debemos esperar el tiempo del otro para reconocer desde qué lugar uno puede acompañar tratando de levantar la disminución de su discapacidad y lograr una igualdad real, no un como si".
 
La nueva ley y el órgano revisor

La provincia de Río Negro fue una de las más avanzadas en cuanto a legislación destinada a l tratamiento de la salud mental. No obstante, a partir de la nueva Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, se impuso la necesidad de rediscutir los términos de la norma provincial avanzando en su consenso con la de alcance federal.

La norma que rige en todo el país destaca que la existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza presumir riesgo de daño o incapacidad ya que eso sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria. En este sentido, "la internación es considerada como un recurso terapéutico de carácter restrictivo, y sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social (...)".

En este contexto, a nivel provincial, se impone la necesidad de constituir un órgano revisor integrado por los diferentes organismos que intervienen en la temática, que ejerza las tareas de control y supervisión de las intervenciones "revisando las políticas públicas y evaluando especialmente aquellos casos que se prolongan más allá de los plazos que establece la ley".

También te puede interesar...