Cámara Primera del Crimen de Bariloche confirmó procesamiento por Lesiones Culposas

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En el día de la fecha y al momento de expresar agravios en audiencia oral y pública, la defensa de la imputada solicitó se revea el procesamiento dictado considerando que no existen elementos que demuestren en forma fehaciente que su representada actuara con impericia o negligencia.

En tanto el Fiscal de Cámara Martín Lozada consideró que en estas actuaciones se encuentra probado, en esta etapa, la materialidad del hecho y la autoría responsable de la conductora del automóvil Sedan. Por otra parte destacó que las lesiones sufridas por la pasajera del remise, se encuentran acreditadas en el expediente con el pertinente certificado médico. Ha consignado el Fiscal que ha quedado claro el comportamiento riesgoso en la ausencia de la debida atención que hubiera permitido frenar y evitar la colisión. "La imprudencia guarda relación con no haber respetado una determinada distancia", dijo Lozada, y destacó también la incorporación de dos testimonios relevantes, el del esposo de la víctima y él del conductor del auto que fue colisionado.

Al momento de resolver el Tribunal consignó su coincidencia con las apreciaciones de la Fiscalía de Cámara, toda vez que ambas partes han consentido, tanto la materialidad como la autoría del hecho investigado. Se ha soslayado además que tratándose de una profesional del volante, -la imputada-, carga con mayor responsabilidad. "El sentido común junto a la sapiencia y profesionalidad deberían haber estado presentes al momento y la colisión podría haber sido evitada".

En consecuencia y por unanimidad el tribunal integrado por los Jueces Miguel Gaimaro Pozzi, Marcelo Barrutia y Alejandro Ramos Mejía confirmó el procesamiento dictado en la etapa de instrucción al rechazar la apelación interpuesta.

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